Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 13/1991, de 9 de diciembre, procede regular los precios de inscripción para la asistencia al congreso internacional Forobol Del voluntariado social al voluntariado ambiental, que realizará la Dirección General del Voluntariado de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado.
La Ley 13/1991, que regula las tasas, precios y exenciones, dispone en su artículo 6 que la cuantía de estos será acordada por orden de la consellería
correspondiente, después de informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda. Por todo ello,
DISPONGO:
Artículo único.
1. Los precios privados exigibles por la inscripción en el congreso internacional Forovol Del voluntariado social al voluntariado ambiental, son los que se fijan en el anexo a esta orden y se gestionará de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de precios privados.
2. Estos precios se entenderán, en su caso, con IVA incluido.
Disposición final
Se faculta a la directora general del Voluntariado para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.
Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2003.
Pilar Rojo Noguera
Conselleira de Familia, Juventud,
Deporte y Voluntariado
ANEXO
La inscripción en el congreso internacional Forovol Del voluntariado social al voluntariado ambiental, tendrá dos tarifas:
1. Cuantía que deberán pagar las personas que posean el Carné Xove, Carné Máis, carné universitario o título de familia numerosa.
-Cuantía por persona: 15 euros.
2. Cuantía que deberán pagar las personas que no se encuentren en las circunstancias anteriores.
-Cuantía por persona: 30 euros.
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES