El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria de fecha 30 de junio de 2003, acordó aprobar definitivamente y la remisión de la documentación establecida en el artículo 92 de la Ley 9/2002 a la consellería, de la modificación puntual del PGMO del artículo 63 en relación al SUP-2R Meixón Frío, en Liáns.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses. Previa y potestativamente se podrá interponer recurso de reposición, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, en el plazo de un mes.
También se podrá interponer recurso extraodinario de revisión, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueba el régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, en los plazos establecidos en el apartado 2º del mismo artículo 118. Todo ello sin perjuicio del derecho de los interesados a formular la solicitud y la instancia a que se refieren los artículos 102.1º y 105.2º de dicha ley.
Oleiros, 25 de agosto de 2003.
Ángel García Seoane
Alcalde-presidente

