1. Por Resolución de 26 de septiembre de 2003, del director general de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia, se aprobó definitivamente el expediente de expropiación forzosa, seguido por el procedimiento de tasación conjunta, para la ejecución de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del plan parcial del SUNP 7 (O Avío) en Santiago de Compostela, promovido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en beneficio de la Sociedade Cooperativa Limitada Monte Aloia.
2. De conformidad con el artículo 144 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, el acuerdo de aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implica la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados, y el pago o depósito del importe de la valoración establecida habilita para proceder a la ocupación de la finca y producirá los efectos previstos en los números 6º, 7º y 8º del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del justiprecio.
3. Procede, en consecuencia, fijar las fechas en que se procederá al levantamiento de las correspondientes actas de pago y ocupación, de conformidad con los artículos 49 y 55 del reglamento de la Ley de expropiación forzosa.
4. Para dichos actos se deberá tener en cuenta:
1º Que el pago del justiprecio sólo se hará efectivo, consignándose en caso contrario, a los interesados que acrediten en legal forma su titularidad, y a tal efecto, el interesado aportará certificación registral a su favor, en la que conste que se extendió la nota del artículo 32 del Reglamento hipotecario o, en su defecto, los títulos justificativos de su derecho completados con certificación negativa del Registro de la Propiedad referida a la misma finca descrita en los títulos. Si existieran cargas deberán comparecer los titulares de las mismas.
2º Que si el expropiado no quisiera aceptar el justiprecio o no aportase títulos suficientes justificativos del dominio o existiese contienda respecto a la titularidad del bien o derecho expropiado o, en general, si concurriese alguno de los supuestos del artículo 51 del reglamento de la Ley de expropiación forzosa, la Administración consignará el importe del mismo
en la Caja General de Depósitos (artículo 206.1º del Reglamento de gestión urbanística).
5. De conformidad con el artículo 55.1º del reglamento de la Ley de expropiación forzosa, se extenderá acta de ocupación del bien o derecho expropiado a continuación de la de pago. En los casos en los que sea necesario proceder a la consignación de los justiprecios, una vez consignados en la Caja General de Depósitos el levantamiento de las actas de ocupación tendrá lugar el próximo día 5 de noviembre de 2003, a las 10.00 horas en el salón de actos del Ayuntamiento de Santiago de Compostela. Para proceder al levantamiento de estas actas deberán asistir los titulares personalmente, o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre con poder suficiente, del que aportarán copia, provistos de sus documentos originales acreditativos de su titularidad, documento nacional de identidad, el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles, pudiendo asistir acompañado por su cuenta, si lo estima oportuno, de sus peritos o un notario.
En consecuencia se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados por el presente expediente, para proceder al levantamiento de las actas de pago y ocupación, que se efectuará en los siguientes lugares y fechas:
Lugar: salón de actos de la Casa Consistorial de Santiago de Compostela.
Fecha:
-Para el acta de pago: 30 de octubre de 2003, a las 10.00 horas.
-Para el acta de ocupación: 5 de noviembre de 2003, a las 10.00 horas.
Parcela nº 54: proindiviso de los herederos de Jaime Mata Fernández (Consuelo Mansilla Nouche, Marco Jaime y Alejandra Mata Mansilla) y de los herederos de Gabriel Mújico Brea y Juana Gendra Fernández (Carmen, Antonio Mújico Gendra, Mª Ángeles y Pilar Arnejo Mújica); nuevo justiprecio: 66.078,75 euros.
Se notificará la resolución a todos los titulares de los bienes y derechos que figuran en el expediente y publíquese este acuerdo en el DOG, en el BOP y en el tablero de edictos del ayuntamiento. La publicación de esta resolución servirá de notificación a los propietarios desconocidos, de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la misma no se pudiera realizar. Todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.
Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2003.
José Antonio Redondo López
Director general del Instituto Gallego
de la Vivienda y Suelo

