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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Lunes, 23 de mayo de 2011 Pág. 10911

III. Otras disposiciones

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2011 por la que se regula el fichero de datos de carácter personal denominado Fichero de investigación histórica sobre los procesos de represión política durante la Guerra Civil en Galicia.

La disposición adicional segunda, 2, de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE n.º 298, del 14 de diciembre), especifica que la creación o modificación de los ficheros de las administraciones públicas sólo podrá hacerse mediante la disposición general correspondiente.

La Universidad de Santiago de Compostela (USC) aprobó la regulación de sus ficheros para su adecuación a la LOPD mediante Resolución de 24 de junio de 2002 y resoluciones posteriores.

La USC realiza actividades de investigación en diversos campos, y entre ellas trabajos sobre memoria histórica que pueden dar lugar a resultados en los que se aprecia que podrían figurar datos de carácter personal.

Estos datos tratados se refieren a hechos históricos, por lo que le es aplicable la legislación de patrimonio histórico y de memoria histórica y se refiren a hechos anteriores a 1947 rescatados de varias fuentes públicas (registros, tribunales...), por lo que muchas de las disposiciones de la LOPD y de creación de este fichero deben enfocarse desde esa perspectiva.

En su virtud, y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la LOPD, sobre creación o modificación de ficheros que contengan datos de carácter personal gestionados por la Universidad de Santiago de Compostela, y de asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos,

DISPONGO:

Primero. Se crea el Fichero de investigación histórica sobre los procesos de represión política durante la Guerra Civil en Galicia.

Su descripción se contiene en el anexo de esta resolución, indicando el nivel de medidas de seguridad, en aplicación del Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Segundo. El fichero que se indica en el anexo se regirá por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen, y estará sometido, en todo caso, a las normas legales y a los reglamentos de superior rango que les sean aplicables.

Tercero. La aprobación de esta resolución no supone la supresión de ningún fichero de datos de carácter personal, por lo que no es necesaria la aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.3 de la LOPD.

Cuarto. El fichero tiene finalidad científica y, además de las cesiones previstas para cada uno de los ficheros, se podrán realizar cesiones siempre que así se recoja en una norma o a efectos de remitir datos a los servicios estadísticos, tanto estatales como de la comunidad autónoma, para el desarrollo de las funciones propias de estos servicios o entidades y con los límites establecidos en la ley.

Quinto. Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de abril de 2011.

Juan José Casares Long
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela

ANEXO

Fichero n.º 27 (Fichero de investigación histórica sobre los procesos de represión política durante la Guerra Civil en Galicia).

a) Identificación del fichero:

Fichero de investigación histórica sobre los procesos de represión política durante la Guerra Civil para crear una base de datos de personas afectadas y víctimas de la Guerra Civil.

b) Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero:

Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Santiago de Compostela.

Plaza del Obradoiro (Colegio de San Xerome) s/n.

15782 Santiago de Compostela.

A Coruña.

c) Órgano, servicio o unidad en la que se deberán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Santiago de Compostela.

Plaza del Obradoiro (Colegio de San Xerome) s/n.

15782 Santiago de Compostela.

A Coruña.

d) Carácter informatizado o manual estructurado del fichero:

Mixto.

e) Medidas de seguridad:

Medidas de nivel alto.

f) Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

Datos de personas incursas en procesos de represión política durante la Guerra Civil anteriores a 1947 y de terceros que, en su caso, conociesen ou interviniesen en los hechos objeto de estudio.

Datos especialmente protegidos: datos de ideología, afiliación sindical de víctimas de la Guerra Civil.

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, datos académicos y profesionales.

Otros tipos de datos: infracciones penales y administrativas.

g) Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo:

Gestión de la investigación histórica sobre los procesos de represión política durante la Guerra Civil en Galicia para crear una base de datos con fines científicos sobre víctimas de la Guerra Civil.

h) Tipificación de la finalidad y usos previstos:

Fines históricos, estadísticos o científicos, educación y cultura, publicaciones.

i) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos:

Personas incursas o relacionadas con procesos de represión política objeto de estudio científico e histórico, ciudadanos.

j) Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

Registros públicos, administraciones públicas, otras personas físicas.

k) Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

Difusión de resultados de la investigación.