María Mercedes Pena Moreira, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento demanda 524 /2009 de este juzgado de lo social, seguido a instancias de José Luis Núñez Carreira contra la empresa Alicatados y Solados Carreira, S.L., sobre cantidad , se ha dictado la siguiente cuya parte dispositiva se adjunta:
«Que estimando la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por el actor José Luis Núñez Carreira contra la empresa demandada Alicatados y Solados Carreira, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de cinco mil ochocientos doce euros con diecinueve céntimos (5.812,19 euros), por los conceptos salariales reclamados, incrementada con el 10% de intereses de demora. Sin perjuicio de la responsabilidad legal que pueda recaer sobre el Fogasa, en el supuesto de declaración de insolvencia de la empresa demandada.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado, en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente a su notificación. De ser recurrente la empresa demandada y condenada, y si no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al tiempo de anunciar el recurso justificar haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta que este juzgado tiene abierta en Banesto para tal fin, n.º identificador 1589 (clave de ingreso 60), o formalizar aval bancario por esa cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, así como deberá acompañar resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a tal fin, con el código identificador 65, la cantidad de 150 euros, haciendo constar en dicho ingreso el número de procedimiento.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Alicatados y Solados Carreira, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 6 de julio de 2011.
La secretaria judicial
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