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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Miércoles, 7 de septiembre de 2011 Pág. 26607

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Aguas de Galicia

RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 2011 por la que se anuncia la apertura del tramite de información pública del documento de evaluación preliminar del riesgo de inundación correspondiente a la Demarcación Hidrográfica de Galicia Costa.

La política de aguas, en el marco de la protección de las aguas, tiene como objetivo contribuir a paliar los efectos de las inundaciones y sequías, tal y como establece en el ámbito europeo la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, que impone la elaboración de planes de gestión de cuenca fluvial para cada demarcación hidrográfica, con el objeto de conseguir un buen estado químico y ecológico, y contribuir a mitigar los efectos de las inundaciones. Esta directiva fue incorporada al ordenamiento jurídico español mediante el artículo 129 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, que incluyó entre sus objetivos que el marco para la protección de las aguas debe contribuir a paliar los efectos de las inundaciones y sequías.

El fenómeno natural de las inundaciones fue objeto de desarrollo específico mediante la Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y la gestión de los riesgos de inundación, que fue traspuesta a nuestro ordenamiento jurídico por el Real decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.

Este real decreto impone una serie de obligaciones, como es la de establecer un marco para la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, destinado a reducir las consecuencias negativas para la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica, asociadas a las inundaciones.

De acuerdo con lo anterior, en cada demarcación hidrográfica se realizará una evaluación preliminar del riesgo de inundación con el objeto de determinar aquellas zonas del territorio para las cuales se llegase a la conclusión de que existe un riesgo potencial de inundación significativo o en las cuales la materialización de ese riesgo se pueda considerar probable.

En el caso de nuestra comunidad, corresponde a la Administración hidráulica de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, la planificación y la adopción de medidas e instrumentos específicos de gestión y protección de los recursos hídricos y de los ecosistemas acuáticos y terrestres vinculados al agua en el terreno de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa.

En este contexto, por parte de Augas de Galicia, dando cumplimiento lo dispuesto en el Real decreto 903/2010, de 9 de julio, se elaboró el documento de evaluación preliminar del riesgo de inundación en el ámbito de la Demarcación Hidrográfica de Galicia Costa.

Por otro lado, el apartado 4 del artículo 7 del citado Real decreto 903/2010 establece que el resultado de la evaluación preliminar del riesgo de inundación se someterá a consulta pública durante un plazo mínimo de tres meses.

Por todo el anterior, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia,

RESUELVO:

Primero. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia a efectos de someter al trámite de consulta pública el documento de evaluación preliminar del riesgo de inundación correspondiente a la Demarcación Hidrográfica de Galicia Costa, durante un plazo de tres meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. El citado documento estará a disposición del público interesado en los servicios centrales del organismo autónomo Aguas de Galicia (plaza Camilo Díaz Baliño, 7-9, 15781 Santiago de Compostela), en las oficinas de Aguas de Galicia en la Zona Galicia Centro (c/ Tomiño, n.º 16, bajo, 15781 Santiago de Compostela), Zona Galicia Norte (c/ Wenceslao Fernández Flórez, 1-2.º, 15005 A Coruña) y Zona Galicia Sur (c/ San Salvador, 2-4.º, 36201 Vigo).

Asimismo, podrá ser consultado en la dirección electrónica http://augasdegalicia.xunta.es

La modalidad de participación en este proceso de consulta pública será por escrito, dirigido a la presidencia del organismo autónomo Aguas de Galicia, plaza Camilo Díaz Baliño, 7-9, 15781 Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 30 de agosto de 2011.

Francisco Menéndez Iglesias
Presidente de Aguas de Galicia