Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Jueves, 22 de septiembre de 2011 Pág. 28023

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de agosto de 2011, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se acuerda publicar la Resolución de 5 de agosto de 2011, de la Dirección General de Desarrollo Rural, sobre cesión de tierras sobrantes en la zona de concentración parcelaria norte de Mondoñedo (Mondoñedo-Lugo) al Ayuntamiento de Mondoñedo.

El acuerdo de concentración parcelaria de la zona norte de Mondoñedo (Mondoñedo-Lugo) fue aprobado por la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 19 de abril de 2010, siendo publicado en la forma legalmente prevista en la legislación vigente y encontrándose en la actualidad pendiente de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, se solicita por el Ayuntamiento de Mondoñedo la cesión en propiedad de las fincas que se indican:

Finca n.º 882 para ampliación y mejora del cementerio de Santo André.

Finca n.º 1180 para campo de la fiesta de Vilamor.

Finca n.º 1389 para instalación de un depósito municipal de agua.

Finca n.º 1391 para instalación de una depuradora municipal en Vilamor.

Finca n.º 1392 para instalación de un depósito municipal.

Finca n.º 1233 para instalación de un depósito municipal de agua.

Visto el informe favorable de la junta local de la zona, Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, la Ley 7/2007, de 21 de mayo, de medidas administrativas y tributarias para la conservación de la superficie agraria útil y del Banco de Tierras de Galicia, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones legales vigentes de aplicación al caso.

A la vista de que el destino para el que se solicitan las fincas n.º: 882, 1180, 1389, 1391, 1392, 1233 es perfectamente subsumible en el supuesto recogido en el artículo 32 de la antedicha ley gallega, esta dirección general resuelve:

1. Modificar el Acuerdo de la concentración parcelaria de la zona norte de Mondoñedo (Mondoñedo-Lugo) y adjudicar al Ayuntamiento de Mondoñedo las fincas n.º: 882, 1180, 1389, 1391, 1392 y 1233, que causan baja en el fondo de tierras de la zona, a fin de ser destinadas a los fines indicados en la parte expositiva de la presente resolución.

2. En caso de incumplimiento de los fines para los que son cedidas, la titularidad de las referidas fincas revertirá al fondo de tierras de la zona, al patrimonio de la comunidad autónoma, a la de la Sociedad Anónima Gestora del Banco de Tierras de Galicia (Bantegal, S.A.) o a otra entidad que corresponda, según el caso.

Contra esta resolución se puede interponer recurso de alzada ante el conselleiro del Medio Rural en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente en que sea publicada esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 17 de agosto de 2011.

Ramón Carballo Páez
Jefe territorial de Lugo