En base al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de octubre de 2009, para que los objetivos de estabilidad presupuestaria de cada comunidad autónoma en el período 2010-2012 pudieran alcanzar los importes máximos de -2,50; -1,70 y -1,30 por ciento del PIB regional, respectivamente, se elaboró un Plan de Estabilidad de la Comunidad Autónoma de Galicia que recoge los ajustes necesarios en el presupuesto aprobado para 2011, y así dar cumplimiento al objetivo de estabilidad fijado hasta converger en un déficit de -1,3% del PIB regional en 2012.
La política presupuestaria, que implica el necesario equilibrio entre ingresos y gastos, exige en estos momentos efectuar un ajuste en los créditos inicialmente asignados a los diferentes centros de gasto que conforman los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En consecuencia y con la finalidad de poder cumplir con objetivos de estabilidad presupuestaria de la Hacienda de la Comunidad Autónoma, esta consellería se ve obligada a adoptar medidas de recorte de los créditos financiados con fondos propios autorizados para la financiación de subvenciones en el ejercicio de 2011 y a modificar las correspondientes órdenes de convocatoria.
Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1. Programas de cooperación institucionales.
Para el ejercicio presupuestario de 2011 se minora el importe de la cuantía inicial prevista en la Orden de 30 de diciembre de 2010 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria para el año 2011 en el código de proyecto 2011 00 598 y en las aplicaciones y cuantías siguientes:
12.04.322A.444.0: 91.141,88 €.
12.04.322A.481.1: 1.058.057,32 €.
Artículo 2. Programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena.
Para el ejercicio presupuestario de 2011 se minora el importe del presupuesto inicial previsto en la Orden de 21 de marzo de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a la contratación de las personas trabajadoras, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2011, en las aplicaciones y en las cuantías siguientes:
12.04.322C.470.2. Código de proyecto 201100600: 7.139.661,25 €.
12.04.322C.481.1. Código de proyecto 201100625: 91.400,00 €.
Artículo 3. Programa de apoyo a las iniciativas de empleo de base tecnológica.
Para el ejercicio presupuestario de 2011 se minora el importe del presupuesto inicial previsto en la Orden de 18 de marzo de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a las empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2011, en las aplicaciones y en las cuantías siguientes:
12.04.322C.470.2. Código de proyecto 201100600: 38.778,00 €.
Artículo 4. Programa de apoyo a las iniciativas emprendedoras y de empleo.
Para el ejercicio presupuestario de 2011 se minora el importe del presupuesto inicial previsto en la Orden de 17 de marzo de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de las iniciativas emprendedoras y de empleo (I+E+E), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2011, en las aplicaciones y en las cuantías siguientes:
12.04.322C.470.2. Código de proyecto 201100600: 292.599,34 €.
Artículo 5. Programa de promoción de la integración laboral de personas con discapacidad en la empresa ordinaria.
Para el ejercicio presupuestario de 2011 se minora el importe del presupuesto inicial previsto en la Orden de 18 de marzo de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y del programa de empleo con apoyo, como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede su convocatoria para el año 2011, en las aplicaciones y en las cuantías siguientes:
12.04.322C.470.2. Código de proyecto 201100600: 227.919,11 €.
12.04.322C.481.1. Código de proyecto 201100625: 175.000,00 €.
Artículo 6. Programa de promoción de la integración laboral de personas con discapacidad en los centros especiales de empleo.
Para el ejercicio presupuestario de 2011 se minora el importe del presupuesto inicial previsto en la Orden de 21 de febrero de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de los programas para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, y se procede a su convocatoria para el año 2011, en las aplicaciones y en las cuantías siguientes:
12.04.322C.481.1. Código de proyecto 201100625: 13.660,55 €.
Artículo 7. Plazos de solicitud.
Estas modificaciones no afectan a los plazos establecidos en las respectivas órdenes para la presentación de solicitudes ni tampoco afecta al resto del articulado de dichas órdenes.
Disposición final.
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2011.
Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar

