A través de este decreto se pretende regular en un único texto las normas sobre identificación y ordenación zoosanitaria y bienestar animal de las explotaciones equinas, así como establecer disposiciones relativas al destino de los équidos mostrencos encontrados en los montes o en fincas agrarias de la comunidad autónoma.
En su virtud, de conformidad con el párrafo segundo del artículo 42.3 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, que establece que cuando el contenido y la repercusión de la disposición lo aconsejen será sometida a información pública,
ACUERDO:
Someter a información pública, por un plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de este acuerdo, el borrador de proyecto de Decreto por el que se establecen las normas que regulan el registro e identificación de los animales equinos, la gestión y administración de los animales mostrencos, las medidas básicas para la ordenación zootécnica y sanitaria de las explotaciones equinas, las paradas de sementales equinos con servicio a terceras personas y se crea el Registro Gallego de Explotaciones Equinas.
El borrador del proyecto de dicho decreto se podrá consultar en la página web de la Consellería del Medio Rural:
http://mediorural.xunta.es/nc/transparencia/elaboracion_de_disposicions_proxectos_e_actos_administrativos/
Las posibles alegaciones se presentarán durante el plazo señalado, dirigidas a la Dirección General de Producción Agropecuaria, en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2011.
José Álvarez Robledo
Director general de Producción Agropecuaria

