Luis Diego Espino Hernández, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo, por el presente, anuncio que en el presente procedimiento, de juicio ordinario n.º 924/2010, seguido a instancia de María Margarita García Bedos y María Margarita Ríos García frente a Enrique Fernández Figueroa y Carmen Penas Triñanes que se ha dictado sentencia, de fecha 31 de mayo de 2011, y para su notificación a los condenados rebeldes, se acordó librar el siguiente edicto:
«Sentencia:
Jueza que la dicta: María Isabel Benito Sánchez.
Lugar: Vigo.
Fecha: 31 de mayo de 2011.
Demandantes: María Margarita García Bedos, María Margarita Ríos García.
Abogada: María Margarita Ríos García.
Procurador: Manuel Castells López.
Demandados: Enrique Fernández Figueroa, Carmen Penas Triñanes.
Fallo que, estimando íntegramente las pretensiones de la parte actora frente a Enrique Fernández Figueroa y Carmen Penas Triñanes, debo declarar y declaro:
a) Que las propietarias del piso 4.° C del edificio n.° 137 de la avenida García Barbón, María Margarita de Jesús Ríos García y María Margarita de Jesús García Bedos son también propietarias de la plaza de estacionamiento señalada con el número cincuenta descubierta del patio de manzana interior entre la calle Isaac Peral y Felipe Sánchez señalado en el hecho segundo de la demanda.
b) Que, como consecuencia de lo anterior, las demandantes tienen derecho a la inscripción de su plaza de estacionamiento en el registro de la propiedad como propiedad indivisa, correspondiéndoles de la siguiente manera:
Una mitad indivisa a favor de María Margarita de Jesús Ríos García.
Una cuarta parte indivisa a favor de María Margarita de Jesús García Bedos.
Y, respecto a la restante cuarta parte indivisa, la nuda propiedad a favor de Margarita de Jesús Ríos García y el usufructo vitalicio a favor de Margarita de Jesús García Bedos.
c) Que, como consecuencia de lo anterior, procede que la registradora de la propiedad del Registro número 1 de los de Vigo, inscriba la finca urbana cincuenta y uno, plaza de estacionamiento de automóviles señalada con el número cincuenta, sobre la plaza de cubierta de almacén sito en el interior del patio de manzana de las calles Felipe Sánchez e Isaac Peral de Vigo, superficie de nueve metros aproximadamente y linda: norte, edificio de la Comunidad de propietarios 152 de la avenida Felipe Sánchez; sur zona de circulación; este, con edificio Comunidad de propietarios n.º 2 de la calle Isaac Peral y oeste con la plaza n.º 51, inscrita a favor de Enrique Fernández Figueroa y Carmen Penas Triñanes, a favor de las demandantes, en la proporción indicada, en el anterior apartado, debiendo librarse el correspondiente mandamiento una vez firme la sentencia.
Todo ello con expresa condena en costas de la parte demandada.
Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.
Conforme a la D.A. decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en Banesto, en la cuenta de este expediente 3641 0000 04 0924 10, indicando en el campo «Concepto», la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación «Recurso» seguida del código «02 Civil-Apelación».
En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo «Observaciones», la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. (Siguen firma y publicación)».
Y encontrándose dichos condenados, Enrique Fernández Figueroa y Carmen Penas Triñanes, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.
Vigo, 31 de mayo de 2011.
El secretario judicial
Rubricado

