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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Martes, 29 de noviembre de 2011 Pág. 35210

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (659/2011).

Ana María Carrasco García, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 659/2011 a instancia de Rubén Mata Segade contra Instalaciones Eléctricas Iglesias y Berrocal, S.L. sobre despido, en los que recayó sentencia en fecha 9 de noviembre de 2011 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo que estimando íntegramente la demanda formulada por Rubén Mata Segade, contra la empresa Instalaciones Eléctricas Iglesias y Berrocal, S.L., declaro la improcedencia del despido y condeno a la demandada a que, en el plazo de cinco días desde la fecha de notificación de la sentencia, opte entre la readmisión inmediata del actor, en las mismas condiciones que poseía con anterioridad o el abono de una indemnización por despido de 1.298,86 euros y, además, en ambos casos, los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia, que ascienden a día de hoy a 7.951,09 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente ante este juzgado de lo social, en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación.

Se previene a la empresa demandada de que, para recurrir, deberá acreditar haber ingresado en la cuenta de consignaciones código 1533 0000 60 0280 09 de Banesto (0030 6349) de esta ciudad, denominada Cuenta del Juzgado de lo Social número 4, el importe de la condena o aval bancario solidario y 150,25 euros en concepto de depósito (dígito 65), sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso quedando firme la sentencia.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Instalaciones Eléctricas Iglesias y Berrocal, S.L., expido y firmo el presente en A Coruña a nueve de noviembre de dos mil once.

La secretaria judicial
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