Procedencia: Ayuntamiento de Padrenda (Ourense).
Solicitante: Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Padrenda.
Representante: José Argimiro Domínguez Estévez.
Solicitud: Delimitación del Núcleo Rural de Lavandeira.
Legislación reguladora: disposición adicional 2.ª de la Ley 9/2002, con la redacción que a la misma otorgan las leyes 15/2004, 6/2008 y 2/2010, en relación con el artículo 13 de esta Ley 9/2002, todas de Galicia.
Encontrándose en fase de tramitación el expediente arriba indicado, se expone este a información pública por un período de un mes a los efectos de que el mismo pueda ser examinado por los interesados y presentar las alegaciones que se estimen oportunas.
Este mismo anuncio se insertará –de conformidad con lo previsto legalmente– en los diarios La Voz de Galicia y Faro de Vigo, comenzando a contar el plazo antes señalado a partir de la última aparición publicado de este edicto.
Finalizado el trámite, se someterá el expediente a conocimiento del Ayuntamiento Pleno para su posterior elevación a aprobación definitiva por el director general de Urbanismo.
Padrenda, 9 de noviembre de 2011.
Manuel Pérez Pereira
Alcalde