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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 21 de febrero de 2012 Pág. 6487

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo da Coruña

EDICTO (849/2011).

María Mercedes Santos García, secretaria judicial de Refuerzo del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 849/2011 seguido en este juzgado se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

«En A Coruña a cinco de enero de dos mil once. Vistos por Montserrat Matos Salgado, magistrada juez sustituta del Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña y su partido, los presentes autos de juicio n.º 849/2011 seguidos a instancia de José María Figueiras Porteiro, asistido por el letrado Sr. Nogueira Esmorís, contra la empresa Carro Santos, S.L., en rebeldía procesal, versando la litis sobre reclamación de salarios.

Fallo que, estimando íntegramente la demanda formulada por José María Figueiras Porteiro, asistido por el letrado Sr. Nogueira Esmorís contra la empresa Carro Santos, S.L., en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 3.054,98 euros, en el sentido expuesto en el fundamento primero, incrementada con los intereses moratorios pertinentes. Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándolo mediante escrito o comparecencia ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo. El recurrente que no tenga la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar como depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones correspondientes al órgano que hubiere dictado la resolución recurrida la cantidad de 300 euros (artículo 229 de la Ley 36/2011, de 11 de octubre, reguladora de la jurisdicción social)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Carro Santos, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, en A Coruña a 12 de enero de 2012.

La secretaria judicial