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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 7 de marzo de 2012 Pág. 8407

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 9 de febrero de 2012, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 104/11 RES, incoado por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha de 16 de enero de 2012, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra ha dictado la resolución del expediente sancionador 104/11 RES, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Enrique Portela Fernández, titular del establecimiento Restaurante El Candil.

Intentada la notificación de esta resolución según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y, no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se le notifica a Enrique Portela Fernández el contenido de la referida resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de la misma.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para presentar recurso de alzada ante la conselleira de sanidad en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, según establece el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, avda. Fernández Ladreda, número 43, 1.º y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En caso de estar conforme con esta resolución, deberá hacer efectiva la multa en el siguiente plazo: 1) Si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente y, 2) Si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente; todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de NCG Banco, S.A. (Novacaixagalicia), de BBVA Transacción 1316 NIF S1511001H y de Banesto, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pontevedra, 9 de febrero de 2012.

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 104/11 RES.

Denunciado: Enrique Portela Fernández, con NIF 34885716-Y, titular del establecimiento Restaurante El Candil.

Último domicilio conocido: calle San Juan, 46, 36300, Baiona.

Hecho imputado: supuestas infracciones en materia sanitaria.

Preceptos infringidos:

– Artículo 2 punto 2.2.2 del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

– Artículo 3, artículo 6 punto 1 y artículo 10 del Real decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.

– Artículos 14 y 18 del Reglamento (CE) 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requerimientos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

– Artículo 5 del Real decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

Tipificación: infracción leve, según el artículo 51 punto 1 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción impuesta: cuatrocientos euros (400 €).