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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Martes, 20 de marzo de 2012 Pág. 9797

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Axencia Galega de Infraestructuras

ANUNCIO de 13 de febrero de 2012 para hacer pública la resolución por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado de la autovía AG-59, tramo A Ramallosa-A Estrada, clave GA/08/022.01.

Con fecha 17 de enero de 2012, la entonces directora general de Infraestructuras, por delegación del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (Orden de 9 de julio de 2009, Diario Oficial de Galicia de 16 de julio), visto el informe del análisis de las alegaciones, ha resuelto lo siguiente:

Primero. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado de la autovía AG-59, tramo A Ramallosa-A Estrada, clave GA/08/022.01, con las siguientes consideraciones:

– Se modificará el diseño del enlace da la PO-841 para encontrar un punto de equilibrio entre las afecciones a viviendas e instalaciones comerciales y las necesidades de diseñar un trazado seguro y cómodo para las reposiciones de la PO-841. Para ello se estudiará la posibilidad de desplazar la situación de la glorieta superior hasta un máximo de unos 60 metros hacia el sur, manteniéndola sobre el tronco de la autovía, y readaptando el trazado de las reposiciones que acceden a ella.

– Se rectificará el trazado de las variantes 107+890 y 109+607, minimizando la afección a los terrenos del entorno. En el primer caso se depurará el diseño de la intersección entre la reposición de la PO-214 (variante 107+890) y la PO-841, de tal forma que se aproveche el espacio actualmente ocupado por la intersección entre esta última y su trazado antiguo (la actual PO-182), desplazando el punto de entronque ligeramente hacia el norte y orientando el trazado de la reposición sobre uno de los caminos existentes. En el segundo caso, la reposición se ejecutará manteniendo la alineación aproximada del camino actual, de forma que se disminuya la afección a los terrenos del entorno.

– Se diseñarán con detalle todos los caminos de servicio, de forma que ninguna parcela quede sin accesos como consecuencia de la construcción de la nueva vía. Se minimizará el impacto de los mismos en las fincas vecinas, evitando su ejecución donde no sean estrictamente necesarios o mejoren de forma significativa la conectividad de la red de caminos existente.

– Se completará la identificación de los servicios afectados con la información suministrada, intentando de forma preferente evitar la afección al servicio existente y, de no ser posible, procediendo a su reposición. Si tampoco fuera posible la reposición del servicio, se considerará éste como un derecho real afectado por la ejecución de la obras y se procedería a evaluar la indemnización correspondiente.

– Se preverá la expropiación total de las fincas en las que sólo sea necesaria la ocupación de una parte de las mismas, de tal forma que resulte antieconómica la conservación de la parte de la finca no expropiada y así lo solicite su propietario.

– Se corregirán los errores detectados en los datos relativos a la titularidad, límites y bienes de las fincas afectadas por la construcción de la obra, tanto en los planos parcelarios como en los listados de titulares y de bienes y derechos afectados.

– Se tendrán en cuenta las prescripciones indicadas en el informe de la Dirección General de Sostenibilidad y Paisaje.

– Se seguirán las indicaciones recogidas en el informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural: se definirá correctamente la afección de las obras a los elementos de la molinos de Mendolla (E-2, E-3 y E-4), se sustituirá el muro 5, en el p.k. 105+700, en el entorno del molino de Toxeira (E-5) por un muro verde, se valorará la afección al castro de Santa Marta (GA15082010), se realizará un desbroce controlado de vegetación y un proyecto de sondeos arqueológicos en el área de respeto del elemento Castro de Abaixo (GA36017205) y se adoptarán el resto de medidas genéricas prescritas en el informe.

– Se considerarán las precisiones que se establecen en el informe de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza: se estudiará la posibilidad de ampliar el vano central del viaducto sobre el río Ulla, se realizará una prospección respecto a la presencia de Milvus milvus entre los meses de abril y octubre, se adaptarán las obras de drenaje transversal de los p.k. 1+140, al paso de grandes mamíferos, y 3+920, al paso de pequeños vertebrados, se diseñarán en el paso inferior del p.k. 2+470, las medidas para facilitar el acceso de la fauna, especialmente los grandes mamíferos, en puntos próximos a sus embocaduras, se someterá el proyecto de construcción al informe de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza y se aplicarán el resto de las condiciones reflejadas en el informe de 29 de marzo de 2010 de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

– Se remitirán a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental los informes emitidos por la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la Dirección General de Sostenibilidad y Paisaje y por Aguas de Galicia.

Segundo. Según establece el artículo 15.3 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, la aprobación definitiva del proyecto de trazado comportará la modificación o revisión del planeamiento urbanístico existente en los ayuntamientos de A Estrada y de Teo, que deberán acomodarse, en el plazo de un año, a las determinaciones del documento que incorpore al proyecto de trazado las modificaciones antes indicadas en el apartado anterior.

Tercero. Asimismo, en la página web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas (http://www.cmati.xunta.es/portal/cidadan/lang/gl/pid/2917), se pondrá a disposición de los interesados un documento con la planta del proyecto de trazado aprobado.

Cuarto. Contra esta resolución, que pone fina a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó. El plazo para interponer dichos recursos es respectivamente, de dos (2) y uno (1) mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2012.

Ethel Vázquez Mourelle
Directora de la Agencia Gallega de Infraestructuras