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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Lunes, 7 de mayo de 2012 Pág. 17079

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Outes

ANUNCIO de exposición pública por el que se convocan dos plazas de la subescala de gestión de administración general por el turno de promoción interna.

El Ayuntamiento de Outes anuncia la antedicha convocatoria, en el marco de la oferta de empleo público de la Corporación de 2011, con sujeción a las bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 26 de febrero de 2012 (publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña n º 66, de 4 de abril). El resumen de las bases es el siguiente:

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión de dos plazas vacantes de funcionarios de carrera de la escala de administración general, subescala de gestión, grupo A, subgrupo A2, que se incluyen en la oferta de empleo público de 2011, por el procedimiento de concurso-oposición, cupo de promoción interna.

Segunda. Principio de igualdad de tratamiento.

Las convocatorias cumplirán el principio de igualdad de tratamiento entre hombres y mujeres en el acceso al empleo público.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Para participar en las pruebas selectivas es necesario:

a) Ser español, nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, cónyuge de los anteriores que no esté separado de derecho, o descendientes de los anteriores que sean menores de edad o mayores y dependientes de ellos. También pueden participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales convenidos por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea aplicable a libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Pertenecer al grupo C1, como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Outes y tener una antigüedad en el citado grupo de al menos dos años en esta corporación el día de finalización del plazo de presentación de instancias.

d) Estar en posesión del título de diplomado universitario o equivalente.

e) Poseer capacidad funcional para desempeñar las tareas propias de los puestos de trabajo. Las personas con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud y señalar si precisan adaptaciones para realizar las pruebas.

f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio a las administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por resolución judicial.

Cuarta. Solicitudes.

1. Las personas que deseen participar en los procesos de selección dirigirán su solicitud al alcalde del Ayuntamiento de Outes, en la que harán constar que reúnen todos los requisitos citados en la base tercera anterior. Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales, contados a partir de lo siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

2. Le adjuntarán a la solicitud los documentos acreditativos de los méritos alegados que sean puntuables según estas bases, fotocopia adverada del DNI y del título acreditativo del nivel de conocimiento de la lengua gallega Celga IV o equivalente.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el alcalde aprobará la lista provisoria de admitidos y excluidos que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña y en el tablón de edictos de la casa consistorial. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días para reclamaciones.

Sexta. Fase de concurso.

Primero. Serán valorados los siguientes méritos:

a) El tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Outes como funcionario o en régimen laboral: 0,30 puntos por año, hasta un máximo de 4,00 puntos.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento profesional realizados que tengan relación con las funciones del puesto de trabajo y fueran impartidos por las administraciones públicas u homologados por ellas: 0,15 puntos por cada tramo de 20 horas de duración hasta un máximo de 3,00 puntos.

c) El currículum y la experiencia profesional de los aspirantes, la cualidad del trabajo desarrollado y el nivel de los programas que dirigieron o en los que participaron. Serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 3,00 puntos.

Segundo. Los méritos serán evaluados de conformidad con la documentación que aporten los aspirantes al presentar la solicitud de admisión a las pruebas.

Séptima. Fase de oposición.

Primer ejercicio, por escrito, contestar brevemente en un período máximo de sesenta minutos, a un cuestionario de treinta preguntas sobre temas del programa y en el que se evaluará el conocimiento específico de este.

Segundo ejercicio, por escrito, desarrollar durante el tiempo máximo de dos horas un tema del programa, que será escogido por el aspirante entre dos propuestos por el tribunal al comenzar la prueba.

Tercer ejercicio, práctico, analizar y resolver durante un tiempo máximo de dos horas un supuesto relacionado con el contenido de las tareas del puesto de trabajo, que será escogido por el aspirante entre dos propuestos por el tribunal al principiar la prueba.

Los tres ejercicios serán obligatorios y eliminatorios y se evaluarán de 0 a 10 puntos y en cada uno de ellos es preciso conseguir una puntuación mínima de 5 para aprobarlos.

Octava. Tribunal calificador.

1. El tribunal calificador del proceso selectivo estará constituido por funcionarios públicos de carrera y en su designación se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.

2. El tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la presencia al menos de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

3. Los miembros del tribunal se abstendrán de intervenir y se lo comunicarán a la autoridad convocante cuándo concurra alguna de las circunstancias que prevé el artículo 28.2 de la LAP. Los aspirantes podrán recusar los miembros del tribunal de que concurran aquellas circunstancias.

Novena. Desarrollo de las pruebas selectivas y programa.

1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento y serán excluidos de la oposición los que no comparezcan, no siendo en los casos debidamente justificados que evaluará libremente el tribunal.

2. El tribunal podrá exigir en cualquier momento del proceso selectivo la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Décima. Relación de aprobados.

1. Concluida la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación. El número de aspirantes aprobados no puede superar en ningún caso lo de plazas convocadas, por lo que la relación definitiva de aprobados solamente contendrá a los aspirantes que, superados todos los ejercicios obligatorios, obtengan más puntuación global.

2. El tribunal remitirá la citada relación a la Junta de Gobierno Local a efectos del correspondiente nombramiento.

Outes, 9 de abril de 2012.

Carlos E. López Crespo
Alcalde