Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 427/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alba María Cortes Patiño contra la empresa Restaurante Piedra y Agua, S.C. sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«En la ciudad de A Coruña, catorce de mayo de dos mil doce.
Carlos Villarino Moure, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Alba María Cortes Patiño, que comparece asistida por el letrado Pedro Trashorras López, y de otra como demandado el Restaurante Piedra y Agua, S.C., que no comparece pese a estar citado en legal forma.
Fallo que estimando la demanda formulada por Alba María Cortes Patiño contra la empresa Restaurante Piedra y Agua, S.C., condeno a la misma a abonarle la cantidad de 2.891,04 euros, que le adeuda en concepto de salarios y demás conceptos.
Notifíquese esta resolución a las partes y adviértase que contra esta no cabe recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Restaurante Piedra y Agua, S.C., expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 21 de mayo de 2012.
El secretario judicial

