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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Lunes, 18 de junio de 2012 Pág. 23889

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 1 de junio de 2012 por la que se convoca concurso de méritos específico entre personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, para cubrir plazas de personal asesor en esta consellería.

El Decreto 244/1999, de 29 de julio, por el que se regula la cobertura de diversas plazas por personal funcionario docente que imparte enseñanzas en niveles no universitarios dispone, en su artículo 5, que se cubrirán en régimen de comisión de servicios, por concurso de méritos específicos entre personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas en niveles no universitarios, aquellas plazas que, según las previsiones contenidas en el artículo 59 de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, tengan por objeto fomentar la investigación, favorecer la elaboración de proyectos que incluyan innovaciones curriculares, metodológicas, tecnológicas, didácticas y de organización de centros docentes.

En su virtud, y sobre la base de la autorización expresa que figura en la disposición final primera de ese decreto, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

DISPONE:

Artículo 1. Objeto

Convocar concurso de méritos específico entre personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Artículo 2. Participantes y requisitos

Podrá participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas en niveles no universitarios.

Artículo 3. Lugar y plazo de presentación

La instancia, así como la documentación correspondiente, podrá presentarse en el Registro Único; edificio administrativo San Caetano, en los departamentos territoriales o en cualquiera de las dependencias que señala el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y se dirigirán a la Dirección General de Centros y Recursos Humanos de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

En el caso de que se presentara la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que sea datada y sellada por la/el funcionaria/o de Correos antes de ser certificada.

El plazo de presentación de instancias, que serán dirigidas al director general de Centros y Recursos Humanos, será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 4. Solicitudes y documentación

1. Solicitudes.

El personal interesado en participar en esta convocatoria deberá presentar su solicitud mediante instancia ajustada al modelo que se publica en el anexo III de esta orden.

2. A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Hoja de alegación de méritos y autobaremación, ajustada al modelo que se encontrará a disposición del personal interesado en la dirección electrónica http://www.edu.xunta.es/

b) Documentación acreditativa de que se poseen los requisitos exigidos para la plaza que solicitan.

c) Documentación a que se refiere el anexo II de esta convocatoria, para acreditar todos los servicios y méritos alegados, así como una relación numerada, datada y firmada de los documentos presentados siguiendo el orden que aparece en el citado anexo. Aquellos méritos alegados y no justificados documentalmente no serán tenidos en cuenta.

d) Proyecto de trabajo, referido a las funciones que tiene que realizar, con una extensión máxima de 20 folios, a una sola cara, a doble espacio y tamaño DIN-A4 y con una letra tipo Arial, tamaño once puntos sin comprimir.

No tendrán que presentarse aquellos documentos justificativos de méritos alegados aportados por los concursantes para completar su expediente personal en la aplicación informática a través de la dirección www.edu.xunta.es/datospersoais

Artículo 5. Comisión de selección

1. Este concurso será resuelto por una o varias comisiones de selección formadas por los siguientes miembros:

Presidente:

El director general de Centros y Recursos Humanos de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria o persona en quien delegue, en función de los distintos puestos que se vayan a cubrir.

Vocales:

Hasta un máximo de cuatro, con la categoría de subdirector general, jefe de servicio o área de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

• Un funcionario o funcionaria de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que actuará como secretario o secretaria con voz y sin voto.

Cada uno de los sindicatos de la mesa sectorial docente podrá nombrar a un representante para la asistencia a las sesiones de la comisión con voz y sin voto. Con la debida antelación, el nombre del representante le será comunicado al presidente de la comisión de selección.

2. La comisión podrá disponer la constitución de una subcomisión técnica especializada para colaborar en la valoración de aquellos méritos y/o proyectos de trabajo que estimen pertinentes.

Cada uno de los sindicatos de la mesa sectorial docente podrá nombrar a una persona representante para la asistencia a las sesiones de la subcomisión con voz y sin voto.

3. Los miembros de la comisión y de la subcomisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tendrán derecho a percibir asistencias y dietas por concurrir a las sesiones, conforme al Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG de 25 de junio), modificado por el Decreto 144/2008, de 26 de junio (DOG de 18 de julio), y el Decreto 96/2011, de 5 de mayo, calificadas en la categoría primera.

Artículo 6. Proceso de selección

El proceso de selección constará de dos fases. Una primera, en que se valorarán los méritos alegados y el proyecto presentado, y una segunda, en que se podrá realizar una entrevista al personal aspirante que supere la primera fase.

Primera fase de selección:

1. La comisión hará públicas las puntuaciones provisionales asignadas a cada aspirante, como resultado de la aplicación del baremo que figura en el anexo II. Estas listas se publicarán en los tablones de anuncios de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria así como en la dirección electrónica http://www.edu.xunta.es/

2. El personal aspirante podrá presentar las alegaciones que estime convenientes contra el listado provisional, dirigidas al presidente de la comisión de selección, en el plazo de diez (10) días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación, por cualquiera de los procedimientos contemplados en el aparatado sexto 1.b) de esta orden.

3. Una vez estudiadas y resueltas las alegaciones presentadas, la comisión publicará la lista definitiva de las puntuaciones de los apartados de méritos y proyecto de trabajo, en los tablones de anuncios de los servicios centrales así como en la dirección electrónica http://www.edu.xunta.es/

Segunda fase de selección:

1. Todo el personal aspirante que obtenga una puntuación mínima de 3 puntos en el proyecto podrá ser convocado por la comisión de selección a la celebración de una entrevista para apreciar las circunstancias que concurren en él, y que versará sobre el proyecto presentado.

2. El personal aspirante que no consiga una puntuación mínima de 3 puntos en el proyecto y de 4 puntos en la entrevista, en su caso, no podrá ser propuesto por la comisión. Será seleccionado aquel personal aspirante que, obteniendo las puntuaciones mínimas señaladas, consiga las mayores puntuaciones en el total de los apartados contenidos en el baremo establecido en el anexo II, para la plaza que solicitan.

3. En el caso de producirse empates en el total de puntuaciones otorgadas, estos se resolverán atendiendo sucesivamente y por este orden a la mayor puntuación en los apartados 6, 3.3, 1 y 5 del baremo.

Artículo 7. Propuesta de nombramiento

1. La relación provisional del personal concursante seleccionado se hará pública en los tablones de anuncios de los servicios centrales así como en la dirección electrónica http://www.edu.xunta.es/. Se establecerá un plazo de diez días naturales para que el personal interesado pueda efectuar las posibles reclamaciones o renuncias a las plazas adjudicadas provisionalmente.

2. Una vez resueltas las reclamaciones y admitidas las posibles renuncias, la comisión remitirá al conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria la propuesta de resolución de esta convocatoria, junto con el acta definitiva con la expresión de las valoraciones otorgadas a cada uno de los candidatos, así como la relación final de las personas seleccionadas con mención del puesto que se adjudicará a cada una de ellas.

Artículo 8. Resolución de la convocatoria

1. La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria publicará en el Diario Oficial de Galicia la resolución definitiva del concurso.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, el personal interesado podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. De no considerar oportuna la interposición del citado recurso, podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme se establece en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

2. El personal docente que resulte seleccionado por esta convocatoria quedará adscrito a los puestos adjudicados a partir del 1 de septiembre de 2012, (cesando en sus puestos en fecha de 31 de agosto del mismo año), y permanecerán en ellos en régimen de comisión de servicios, con reserva de puesto de trabajo de origen, por un período de un año, renovable año a año hasta un máximo de seis; estableciéndose un proceso de evaluación del ejercicio de su actividad que, en el caso de ser positiva, determinará su continuidad.

La evaluación la realizará una comisión con la misma composición establecida en el artículo 5 de esta orden, tras de los informes que estime oportunos.

3. De no publicarse la resolución definitiva en el plazo de seis meses desde esta convocatoria, las solicitudes presentadas se entenderán desestimadas.

Artículo 9. Retribuciones

A efectos de retribuciones, en concepto de complemento específico, el personal funcionario docente que resulte seleccionado podrá percibir el complemento específico correspondiente al asesor técnico docente, según lo establecido en el anexo V, dos de la Orden de 13 de enero de 2012 (DOG de 19 de enero) por la que se dictan instrucciones para la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica para el año 2012.

Disposición final primera

Se autoriza la Dirección General de Centros y Recursos Humanos para dictar las disposiciones que sean necesarias para la aplicación y desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de junio de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I
Plazas a ofertar en convocatoria de concursos de méritos

N º. puesto

Denominación de la plaza

Nº.

plazas

Requerimientos

Destino

Funciones

1

Asesores Siega-Abalar de Zona: apoyo a los centros docentes en la implantación de las nuevas tecnologías y servicios educativos según el Proyecto Abalar

4

Conocimientos de las tecnologías informáticas a nivel de usuario avanzado incluyendo, entre otros, la capacidad de instalar y configurar equipos informáticos en red y sus dispositivos periféricos.

Conocimiento de las herramientas informáticas incluyendo su instalación.

Conocimiento de las herramientas y tecnologías empleadas en internet y sus posibilidades de utilización en el entorno educativo.

Secretaría General Técnica. Situados físicamente en ubicaciones de las siguientes localidades: Allariz, Cee, O Barco de Valdeorras, Tui

– Soporte in situ y asesoramiento en la instalación y utilización de los servicios educativos que se ofertan a los centros educativos.

– Soporte técnico in situ a la infraestructura informática y de comunicaciones, resolviendo las incidencias de los centros docentes de su zona en coordinación con la unidad de atención a centros (UAC).

– Apoyo y atención a los centros docentes de su zona con relación a cualquier aplicación de informática corporativa implantada o a implantar en esos centros.

– Asesoramiento sobre las necesidades de formación del personal de los centros docentes en relación con los servicios educativos ofertados.

2

Asesoría Siega-Abalar Desarrollo

3

– Experiencia en análisis y programación de aplicaciones web dinámicas.

– Experiencia en trabajo en equipo.

– Conocimientos de programación en Java o en PHP.

– Conocimientos de BD Relacionales.

Secretaría General Técnica (Santiago de Compostela)

– Análisis y desarrollo de aplicaciones web corporativas.

– Asesoramiento y formación de usuarios sobre aplicaciones web corporativas.

3

Asesoría Siega-Abalar XADE

1

– Conocimientos de la legislación y normativa del sistema educativo gallego.

– Conocimientos de herramientas informáticas para la gestión administrativa de la educación (XADE ...).

– Conocimientos básicos de bases de datos.

Secretaría General Técnica (Santiago de Compostela)

– Análisis y desarrollo de aplicaciones web corporativas para la gestión administrativa de la educación.
– Asesoramiento y formación de usuarios sobre herramientas informáticas para la gestión administrativa de la educación.

4

Asesoría de emprendimiento en el sistema educativo

2

Profesor de enseñanza secundaria con atribución docente en ciclos de formación profesional. Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en entorno web.

Dirección General de Educación, F.P. y Innovación Educativa

Coordinar las propuestas y actuaciones para el desarrollo del plan de emprendimiento en el sistema educativo de Galicia.

Diseño de recursos en materia de emprendimiento para las distintas etapas educativas.

Diseño de actividades de formación dirigidas al emprendimiento en el sistema educativo.

Elaboración de estudios, informes y propuestas de normativa en materia de emprendimiento en el sistema educativo.

5

Asesoría de promoción y difusión de la FP.

1

Profesor de enseñanza secundaria con atribución docente en formación profesional o profesor técnico de formación profesional.

Manejo de las tecnologías informáticas y de la comunicación y de su aplicación en el sistema educativo.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Coordinar los procesos de información y difusión de la formación profesional.

Elaboración de propuestas de mejora en la información y difusión de la formación profesional.

Impulso y apoyo a la relación entre los centros educativos y las empresas.

Coordinación de los campeonatos gallegos, nacionales e internacionales de formación profesional.

6

Asesoría de orientación profesional.

1

Ser funcionario del cuerpo de enseñanza secundaria de la especialidad de Psicología y Pedagogía.

Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en entorno web.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Coordinar las actuaciones para el desarrollo del sistema de información y orientación profesional.

Facilitar los departamentos de orientación a información sobre itinerarios formativos y profesionales y el acceso al mercado laboral.

Colaborar en el diseño de actividades de formación dirigidas a la orientación profesional y a la inserción laboral.

Coordinar el diseño de recursos en materia de orientación profesional para el apoyo a la función orientadora.

Elaboración de estudios, informes y propuestas de normativa en materia de información y orientación profesional.

7

Asesoría de gestión de recursos y nuevas tecnologías en la formación profesional.

1

Profesor/la de enseñanza secundaria o profesor técnico de formación profesional con atribución docente en la familia profesional de Electricidad y Electrónica o Informática.

Experiencia en la administración de plataformas<A[andenes|plataformas]> de e-learning, publicación dinámica de contenidos web, servicios de intranet. Conocimientos en el uso de las redes sociales.

Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en entorno web.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Coordinar y participar en el diseño de aplicaciones dinámicas en entorno web especializadas en de formación profesional.

Coordinar los contenidos y planificar los procedimientos para la difusión de la formación profesional utilizando las redes sociales.

8

Asesoría de red de centros integrados de formación profesional.

1

Profesor de enseñanza secundaria con atribución docente

en formación profesional o profesor técnico de formación profesional.

Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en entorno web.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Coordinación de la red de centros integrados de formación profesional.

Elaboración de propuestas de mejora de actividades de mejora continua para los centros integrados de formación profesional.

Coordinar las acciones formativas para el profesorado de los centros integrados de formación profesional.

Coordinar acciones para el impulso de la I+D+i en la formación profesional.

Elaboración de estudios, informes y propuestas de normativa en materia de centros integrados de formación profesional.

9

Ordenación y desarrollo curricular en la formación profesional.

1

Profesor de enseñanza secundaria o profesor técnico de formación profesional con atribución docente en ciclos formativos de formación profesional.

Experiencia en la coordinación de grupos de trabajo.

Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en entorno web.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Coordinación de las propuestas curriculares y de su desarrollo de la formación profesional inicial.

Elaboración de estudios, informes y propuestas de normativa de los estudios de formación profesional.

Elaboración de las propuestas de resolución de los recursos presentados.

Elaboración de informes de autorización para la impartición de las enseñanzas de ciclos formativos en centros privados.

Coordinación de grupos de trabajo de expertos de formación profesional.

10

Desarrollo curricular de ciclos formativos y programas de calificación profesional inicial.

1

Profesor de enseñanza secundaria o profesor técnico de formación profesional con atribución docente en ciclos formativos de formación profesional.

Amplio conocimiento en la tecnología utilizada en la elaboración de recursos educativos y experiencia en su empleo.

Experiencia en la coordinación de grupos de trabajo.

Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en contorno web.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Coordinación de propuestas curriculares y de su desarrollo de la formación profesional inicial y de los programas de calificación profesional inicial.

Desarrollo de proyectos de I+D+i y coordinación de la elaboración de materiales de apoyo para el desarrollo de los ciclos formativos de formación profesional y de los módulos profesionales de los programas de calificación profesional.

Gestión y desarrollo de las aplicaciones específicas de desarrollo curricular.

Elaboración de estudios, informes y propuestas de normativa de los estudios de formación profesional.

Coordinación de grupos de trabajo de expertos de formación profesional.

11

Coordinación de carnés y habilitaciones profesionales

1

Profesor de enseñanza secundaria o profesor técnico de formación profesional con atribución docente en ciclos formativos de formación profesional.

Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en contorno web.

Conocimiento de la normativa reguladora de los carnés y habilitaciones profesionales.

Experiencia en la coordinación de grupos de trabajo.

Dirección General de Educación, F.P.e Innovación Educativa

Organización y coordinación de los procedimientos de gestión asociados a los carnés y habilitaciones profesionales.

Gestión y desarrollo de una aplicación específica para los procedimientos asociados a la gestión de los carnés y habilitaciones profesionales.

Elaboración de estudios, informes y propuestas sobre pruebas para obtención de carnés profesionales, pruebas de acceso, admisión y pruebas libres de formación profesional.

Coordinación de grupos de trabajo de expertos de formación profesional.

12

Asesoría de acceso y admisión a ciclos formativos.

1

Profesor de enseñanza secundaria o profesor técnico de formación profesional con atribución docente en ciclos formativos de formación profesional.

Conocimientos avanzados de procesadores de textos, hoja de cálculo, bases de datos y de herramientas informáticas en entorno web.

Experiencia en la coordinación de grupos de trabajo.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Organización y coordinación de los procedimientos de gestión centralizada de formación profesional.

Elaboración de estudios, informes y propuestas sobre pruebras de acceso, admisión y pruebas libres de formación profesional.

Gestión y desarrollo de las aplicaciones específicas de acceso y admisión.

Coordinación de grupos de trabajo de expertos de formación profesional.

13

Asesoría de innovación educativa.

1

Funcionario/a del cuerpo de maestros o de profesorado de enseñanza secundaria.

Experiencia en el desarrollo de programas de innovación educativa.

Conocimiento de las herramientas y tecnologías empleadas en internet y sus posibilidades de utilización en el entorno educativo.

Dirección General de Educación, F.P. y Innovación Educativa

Asesorar en el diseño e impulsar y hacer seguimiento de planes y programas de innovación educativa.

Gestión de convocatorias y resolución de planes, programas y premios de innovación educativa.

Promoción y difusión de experiencias innovadoras que se estén realizando en los centros educativos.

14

Asesoría de programas educativos.

4

Funcionario/a de los cuerpos de maestros o profesorado de enseñanza secundaria.

Experiencia en la coordinación de programas educativos.

Conocimiento de las herramientas y tecnologías empleadas en la internet y sus posibilidades de utilización en el entorno educativo.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Asesoramiento y gestión de los distintos programas de apoyo al sistema educativo que se promueven desde la Consellería.

Elaboración de informes y propuestas de mejora sobre el desarrollo de los distintos programas.

15

Asesor/a de evaluación y calidad

1

Profesor/a de enseñanza secundaria, especialidad de Matemáticas, Informática, Formación y Orientación Laboral, Lengua Castellana, Lengua Gallega, Inglés y ámbito de la orientación educativa.

Conocimientos básicos del análisis estadístico.

Se valorará experiencia en evaluación y calidad.

Se valorarán conocimientos de pedagogía y/o psicopedagogía.

Dirección General de Educación, F.P. e Innovación Educativa

Participación en el diseño de las acciones de evaluación y mejora del sistema educativo.

Tratamiento estadístico de los datos, análisis y elaboración de estudios e informes de evaluación.

Cualquier otra relacionada con el ámbito de la evaluación del sistema educativo que le sea encomendada.

16

Asesor/a de enseñanzas deportivas

1

Profesor/a de enseñanza secundaria o maestro/a con conocimiento de la normativa de las enseñanzas deportivas en todas sus especialidades.

Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa

Coordinación y desarrollo de las propuestas curriculares y normativas de las enseñanzas deportivas.

Elaboración de propuestas de equipamientos didácticos para la impartición de enseñanzas deportivas.

Elaboración de propuestas para la formación del profesorado de educación física y técnico deportivo.

17

Asesora/asesor del Espacio Europeo de Enseñanza Superior, financiación universitaria y calidad

1

Titulación universitaria.

Curso/s de postgrado (máster o doctorado).

Conocimientos de inglés y francés.

Conocimientos sobre elaboración de materiales multimedia y utilización de recursos compartidos en la red.

Experiencia en programación y coordinación de actividades.

Conocimientos de la normativa y estructura del SUG.

Secretaría General de Universidades

Diseño de informes, propuestas, indicadores y documentos de trabajo de la enseñanza universitaria en Galicia, en sus aspectos normativos, pedagógicos y organizativos, en el entorno del Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

Organización y desarrollo de diversas actuaciones (normativa, convenios, publicaciones, contratos-programa, jornadas formativas) derivadas del proceso de armonización europea y realización del seguimiento de los resultados.

Tratamiento de datos y realización de informes sobre financiación universitaria.

Establecimiento de procesos internos de planificación y garantía de calidad aplicable a los servicios de orientación al alumno, coordinación universitaria y financiación de las universidades gallegas.

Cualquier otra que le sea encomendada.

ANEXO II

Conceptos

Puntuación

Documentos justificativos

1. Antigüedad (Puntuación máxima 7 puntos):

Por cada año de servicio como funcionaria/o de carrera. A estos efectos, se computaran los servicios docentes reconocidos conforme a Ley 70/1978.

0,50 puntos

Hoja de servcios.

2. Méritos académicos (puntuación máxima 2 puntos):

2.1. Por el título de doctora/doctor

1,50 puntos

Copia compulsada de las titulaciones alegadas.

2.2. Titulaciones de segundo ciclo: por cada licenciatura, ingenieria,

arquitectura o títulos declarados legalmente equivalentes.

1,00 puntos

2.3. Titulaciones de primer ciclo: por la segunda diplomatura o los 3 primeros cursos de una licenciatura

0,25 puntos

3. Formación y perfeccionamiento (puntuación máxima 6 puntos)

3.1. Por cursos que tengan por objeto el perfeccionamiento sobre los aspectos científicos y didácticos, organizados por las administracións educativas que se encuentren en pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa, por instituciones sin ánimo de lucro que hayan sido homologadas por las administraciones precitadas, así como los organizados por las universidades (0,10 puntos por cada 10 horas de cursos superados acreditados).

Hasta 2 puntos

Copia compulsada de la documentación alegada.

3.2. Por otras actividades de formación y perfeccionamiento en materia educativa, incluida la impartición de cursos.

Hasta 1 punto

3.3. Por actividades de formación específica directamente relacionadas con el puesto de asesor a que se pretende acceder.

Hasta 3 puntos

4. Servicios relacionados con el puesto (puntuación máxima 2 puntos):

Por cada año de servicio en puestos de la Administración educativa relacionados con las funciones del puesto de asesor que solicita

0,20 puntos

Certificación de servicios o nombramiento.

5. Proyecto de trabajo (puntuación máxima 6 puntos):

El proyecto de traballo, además de los aspectos generales del sistema educativo y de los señalados en el punto quinto de esta orden, deberán contener los objetivos, la planificación general, las actividades, la justificación y la definición a que corresponde la plaza que se solicita

(puntuación mínima exigida por este apartado: 3 puntos)

Hasta 6 puntos

Original, con una extensión máxima de 20 folios.

6. Entrevista sobre el proyecto presentado (puntuación máxima 6 puntos):

(puntuación mínima exigida por este apartado: 3 puntos)

ANEXO III

DATOS DE IDENTIFICACIÓN

CUERPO A QUE PERTENCE

DISCIPLINA

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE

NIF

NRP

DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN

CALLE Y Nº

TELÉFONO

LOCALIDAD

CÓDIGO POSTAL

DATOS DESTINOS

CENTRO DE DESTINO DEFINITIVO 2011/2012

LOCALIDAD

CENTRO DE DESTINO PROVISIONAL 2011/2012

LOCALIDAD

PLAZA QUE SOLICITA

En _____________________, a_____ de ___________________de 2012.

Firma de la/del interesada/o

DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS Y RECURSOS HUMANOS-SAN CAETANO-SANTIAGO DE COMPOSTELA

Hoja de autobaremación

Concepto

Puntuaciones parciales

Total

1. Antigüedad (máximo 7 puntos)

Por cada año de funcionaria/o de carrera en el cuerpo docente

0,50

2. Méritos académicos (máximo 2 puntos)

2.1. Por el título de doctora/doctor

1,50

2.2. Titulaciones segundo ciclo

1

2.3. Titulaciones primer ciclo

0,25

3. Formación y perfeccionamiento (máximo 6 puntos)

3.1. Por cursos que tengan por objeto el perfeccionamiento sobre los aspectos científicos y didácticos, organizados por las administraciones educativas (0,10 puntos por c/10 horas)

Hasta 2 puntos

3.2. Por otras actividades de formación

Hasta 1 punto

3.3. Por actividades de formación específica directamente relacionadas con el puesto que se solicita

Hasta 3 puntos

4. Servicios relacionados con el puesto (máximo 2 puntos)

Por cada año de servicio en puestos de la Administración educativa relacionados con las funciones del puesto que solicita

0,20