Según consta en el expediente, intentada la práctica de otras notificaciones con dichas empresas, no fue posible realizarlas por causa de domicilio desconocido. Por tanto, al ignorarse el lugar para efecto de notificaciones, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se acuerda que se proceda a la publicación del acuerdo en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos de los ayuntamientos correspondientes.
Las personas interesadas podrán examinar el acuerdo completo en el Servizo de Juego de la Dirección General de Emergencias e Interior, situado en la calle Roma, 25-27, de Santiago de Compostela, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
De conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, pudiendo interponerse dicho recurso, o cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho, ante esta dirección general o ante la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
Santiago de Compostela, 5 de junio de 2012
Santiago Villanueva Álvarez
Director general de Emergencias e Interior
ANEXO
Empresa operadora: Recreativos Raba, S.A.
CIF: B-15113921.
Salón de juego: Sala de Juegos Raba.
Última dirección conocida: plaza del Ayuntamiento, 1, 15960 Ribeira (A Coruña).
Fecha de la resolución: 5 de junio de 2012.
Causa de la revocación: aval insuficiente.
Empresa operadora: Recreativos Barreiro, S.L.
CIF: B-32017022.
Salón recreativo: As Lagoas.
Última dirección conocida: calle Noventa y Cuatro, 25, 32000 Ourense.
Fecha de la resolución: 5 de junio de 2012.
Causa de la revocación: aval insuficiente.

