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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 9 de julio de 2012 Pág. 27382

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2012, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se emplaza al trabajador Francisco Salgueiro Prado en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado 15/2012, interpuesto por la empresa Clavo Congelados, S.A.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la presente resolución se notifica al trabajador Francisco Salgueiro Prado el emplazamiento en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado 15/2012, interpuesto por la empresa Clavo Congelados, S.A.

La Dirección General de Relaciones Laborales recibió del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Pontevedra providencia por la que se admite a trámite la demanda correspondiente al recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado 15/2012, interpuesto por la empresa Clavo Congelados, S.A. contra la Resolución de 9 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Relaciones Laborales de la Consellería de Trabajo y Bienestar, y recaída en el expediente sancionador en el orden social nº 2009/0507-4; acta de infracción nº 110809/2009/4/H.

En consecuencia, esta dirección general acordó de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la remisión del correspondiente expediente administrativo al referido juzgado, por el que se notifica y emplaza al trabajador Francisco Salgueiro Prado para que en un plazo de nueve (9) días, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, si lo estima conveniente, pueda comparecer y personarse en autos mediante procurador con asistencia de letrado o valiéndose tan sólo de abogado con poder al efecto. De personarse fuera del indicado plazo, se le tendrá como parte, sin que por eso deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, si no se personase oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que tenga que practicársele ninguna notificación.

Santiago de Compostela, 22 de junio de 2012

Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Relaciones Laborales