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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Martes, 10 de julio de 2012 Pág. 27438

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 2 de julio de 2012 por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de protección civil.

El 12 de enero de 2012 fue publicada en el DOG número 8 la Orden de 30 de diciembre de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de protección civil.

Para dar atención a otras demandas en el ámbito de las emergencias y protección civil, es preciso efectuar una minoración en los créditos iniciales asignados a esta convocatoria de ayudas.

La mencionada Orden de 30 de diciembre de 2011 establece que esta estará sometida a lo regulado en el artículo 25 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y a lo regulado en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por las órdenes de la Consellería de Economía y Hacienda de 27 de noviembre de 2000 y de 25 de octubre de 2001.

Asimismo, regula que la concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica la redacción del artículo 3 de la Orden de 30 de diciembre de 2011, de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de protección civil, que queda redactado como sigue:

«Artículo 3. Crédito

Para la consecución del objetivo a que se refiere esta orden, la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia destinará hasta un límite de 340.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 05.05.212A.481.0, correspondientes a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012, ...».

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante el conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de julio de 2012

Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia