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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Viernes, 13 de julio de 2012 Pág. 28015

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 4 de julio de 2012 por la que se publica la modificación de los estatutos de la Mancomunidad de Fisterra.

El procedimiento de modificación de los estatutos de las mancomunidades está regulado en el artículo 143 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia. En cumplimiento de lo dispuesto en el citado precepto, el presidente de la mancomunidad le remitió a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la documentación relativa a su modificación.

Examinada la documentación, se considera que la tramitación de la modificación estatutaria siguió el procedimiento legalmente previsto a tal fin.

En síntesis, para la adopción del acuerdo de modificación de esta mancomunidad se observó la siguiente tramitación:

– La Junta de la Mancomunidad de la Comarca de Fisterra, en la sesión extraordinaria realizada el 4 de octubre de 2011, aprobó por unanimidad el acuerdo de incorporación del artículo 11.bis a sus estatutos.

– El referido acuerdo se sometió la información pública durante el plazo de un mes en el BOP nº 199 de Pontevedra, de 19 de octubre de 2011, período en el que no se presentaron alegaciones.

– Con fecha de 28 de octubre de 2011, se recibió en la Dirección General de Administración Local, solicitud formulada por el presidente de la Mancomunidad Comarcal de Fisterra, a efectos de que ese centro directivo emitiese el informe previsto en el artículo 143.1.b, de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

– El referido informe se emitió el 7 de noviembre de 2011.

– Los plenos de cada una de las entidades locales integrantes de la mancomunidad aprobaron la modificación de los estatutos y remitieron a la Dirección General de Administración Local una copia certificada de los acuerdos de aprobación de dicha modificación.

Según lo antedicho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 143.1.d) de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y demás normativa de aplicación,

DISPONGO:

Artículo único

Publicar la incorporación de un nuevo artículo 11.bis de los estatutos de la Mancomunidad de la Comarca de Fisterra.

Santiago de Compostela, 4 de julio de 2012

Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO

Artigo 11.bis

«A sede do arquivo histórico da documentación da Mancomunidade será Corcubión, no local sito na planta baixa da Casa do Concello».