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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Lunes, 16 de julio de 2012 Pág. 28321

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 9 de julio de 2012 por la que se hace pública la ampliación del importe existente para la concesión de las ayudas a las inversiones en transformación y comercialización de productos procedentes de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo de la Pesca, convocadas por la Orden de 12 de diciembre de 2011.

La Orden de 12 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a las inversiones en transformación y comercialización de productos procedentes de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Pesca en un 61%, y se convoca para el ejercicio 2012 dicho procedimiento, tramitado como expediente anticipado de gasto (DOG nº 248, de 29 de diciembre); establece en su artículo 3 el importe de la cuantía máxima de las ayudas que al amparo de la misma podrán ser concedidas a sus solicitantes.

Una vez revisados los expedientes presentados al amparo de dicha orden, se comprobó que el importe total solicitado de estas ayudas superaba la existencia de crédito, lo que haría imposible atender la demanda de la totalidad de las solicitudes presentadas.

No obstante y como consecuencia de que con posterioridad a la publicación de la orden fue aprobada una incorporación de crédito, el importe inicialmente dotado puede ser incrementado, lo que permitiría acercar las ayudas a un mayor número de beneficiarios.

Teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 3 de la Orden de 12 de diciembre de 2011, el crédito inicial podrá ser ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias sin que eso dé lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, salvo indicación expresa en contrario en la orden que se publique al efecto.

Considerando todo lo dicho anteriormente, es por lo que es necesario ampliar el importe de la cuantía máxima de las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 12 de diciembre de 2011, con la finalidad de acercar las mismas al mayor número de beneficiarios posible. Por todo lo expuesto, y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.

Primero. Se amplía el importe de la cuantía máxima de las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 12 de diciembre de 2011 (DOG nº 248, de 29 de diciembre) en la cantidad de 32.000.000 de euros, con cargo a la aplicación 16.30.723A.771.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012.

Segundo. La presente modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final única

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2012

Rosa Mª Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar