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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 9 de agosto de 2012 Pág. 31901

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2012, de la Secretaría General de Medio Rural y Montes, por la que se le da publicidad al pliego de condiciones de la denominación de origen Rías Baixas.

De acuerdo con lo establecido en la actual regulación comunitaria del sector vitivinícola, las denominaciones de origen e indicaciones geográficas con protección conforme a las normas de la anterior organización común del mercado vitivinícola del año 1999 quedaron protegidas al entrar en vigor la nueva regulación del año 2008, pero los Estados miembros tenían la obligación de presentar antes de 31 de diciembre de 2011, para cada denominación de origen o indicación geográfica, el denominado «expediente técnico», conjunto de documentos que incluye el pliego de condiciones del producto protegido, texto donde se recogen tanto los aspectos fundamentales de su regulación como la justificación de que se cumplen los requisitos para el registro.

Para dar cumplimiento a esta obligación, el pleno del Consejo Regulador de la denominación de origen Rías Baixas aprobó en los últimos meses de 2011 el pliego de condiciones correspondiente a dicha denominación, que había sido previamente elaborado mediante la colaboración de los servicios técnicos del Consejo Regulador con los de la administración. Dicho pliego de condiciones, junto con el resto de la documentación necesaria, fue remitido en plazo a la Comisión Europea a través del entonces Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Este pliego de condiciones contenía alguna pequeña modificación en relación con el reglamento vigente de la denominación de origen, motivo por el cual posteriormente se publicó la Orden de 1 de febrero de 2012 por la que se modifica el reglamento de la denominación de origen Rías Baixas y de su Consejo Regulador, que adecúa el texto de dicho reglamento al contenido del pliego de condiciones elaborado.

De acuerdo con lo establecido en el párrafo 4 del artículo 118 vicies del R(CE) nº 1234/2007, en su redacción dada por el R(CE) nº 491/2009, la Comisión podrá decidir, hasta el 31 de diciembre de 2014, cancelar la protección de las denominaciones de vinos protegidas existentes en el caso de que, una vez revisado el expediente técnico, se considere que no se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 118 ter.

La necesidad de conocimiento del pliego de condiciones de la denominación del origen tanto por los operadores actuales como potenciales, así como por la ciudadanía en general en su condición de posibles consumidores, y una mayor seguridad jurídica aconsejan dar publicidad a dicho documento como elemento fundamental de la regulación de esta denominación.

Por todo lo anterior,

RESUELVO:

Dar publicidad al pliego de condiciones de la denominación de origen Rías Baixas, que fue remitido a los servicios de la Comisión Europea en diciembre de 2011 desde el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino formando parte del denominado «expediente técnico» con el que se tramitó su registro como denominación de origen protegida a nivel europeo conforme a lo establecido en el artículo 118 vicies del R(CE) nº 1234/2007, en su redacción dada por el R(CE) nº 491/2009. Dicho pliego de condiciones figura como anexo de esta resolución.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2012

Tomás Fernández-Couto Juanas
Secretario general de Medio Rural y Montes

ANEXO
Pliego de condiciones de la denominación de origen protegida Rías Baixas

1. Denominación que debe protegerse.

«Rías Baixas».

2. Descripción del vino o vinos.

Los vinos que se elaboran bajo la denominación de origen protegida Rías Baixas son vinos tranquilos blancos y, en mucha menor medida tintos, que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI ter del Reglamento (CE) nº 1234/2007, reglamento único para las OCM. También se pueden elaborar vinos espumosos de calidad, conforme a la categoría 5 de dicho anexo.

La variedad de uva blanca albariño es muy mayoritaria en este territorio y gran parte de los vinos son elaborados exclusivamente con ella, y se comercializan entonces como Rías Baixas Albariño.

Por otra parte, cuando los vinos blancos son sometidos a un proceso de envejecimiento en barrica de madera, estos se comercializan como Rías Baixas Barrica.

De acuerdo con lo anterior, las características analíticas y organolépticas de los distintos tipos de vinos son las siguientes:

2.1. Características analíticas.

Vino blanco Rías Baixas Albariño.

Parámetro

Unidad

Umbral

Grado alcohólico adquirido

% Vol.

≥ 11,30

Grado alcohólico total

% Vol.

≥ 11,36

Azúcares

g/l

(1)*

Acidez total

g/l ác. tartárico

≥ 3.50

Acidez volátil

meq/l

≤ 18

g/l ác. acético

≤ 1,08

Dióxido de azufre total

mg/l

≤ 200

Resto de vinos blancos Rías Baixas.

Parámetro

Unidad

Umbral

Grado alcohólico adquirido

% Vol.

≥ 11,00

Grado alcohólico total

% Vol.

≥ 11.06

Azúcares

g/l

(1)*

Acidez total

g/l ác. tartárico

≥ 3,50

Acidez volátil

meq/l

≤ 18

g/l ác. acético

≤ 1,08

Dióxido de azufre total

mg/l

≤ 200

Rías Baixas barrica.

Parámetro

Unidad

Umbral

Grado alcohólico adquirido

% Vol.

≥ 11,50

Grado alcohólico total

% Vol.

≥ 11,56

Azúcares

g/l

(1)*

Acidez total

g/l ác. tartárico

≥ 3,50

Acidez volátil

meq/l

≤ 18

g/l ác. acético

≤ 1,08

Dióxido de azufre total

mg/l

≤ 200

Vino Rías Baixas tinto.

Parámetro

Unidad

Umbral

Grado alcohólico adquirido

% Vol.

≥ 10,00

Grado alcohólico total

% Vol.

≥ 10,06

Azúcares

g/l

(1)*

Acidez total

g/l ác. tartárico

≥ 3,50

Acidez volátil

meq/l

≤ 20

g/l ác. acético

≤ 1,20

Dióxido de azufre total

mg/l

≤ 150

Vino Rías Baixas espumoso.

Parámetro

Unidad

Umbral

Grado alcohólico adquirido

% Vol.

≥ 10,00

Grado alcohólico total

% Vol.

(2)*

Azúcares

g/l

(2)*

Acidez total

g/l ác. tartárico

≥ 3,50

Acidez volátil

meq/l

≤ 18

g/l ác. acético

≤ 1,08

Dióxido de azufre total

mg/l

≤ 185

Dióxido de carbono a 20 ºC

bar

≥ 3,5

(1)* En cuanto al contenido en azúcares, se aceptarán exclusivamente aquellos vinos que tengan la consideración de secos y semisecos, de acuerdo con los requisitos que se recogen en anexo XIV parte B del Reglamento (CE) nº 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio. Los vinos con contenidos en azúcares iguales o superiores a 5 g/l, tendrán niveles de dióxido de azufre total ≤ 250 mg/l para vinos blancos y ≤ 200 para los tintos.

(2)* Los vinos espumosos de calidad se denominarán atendiendo a su riqueza en azúcares totales como: brut nature (0 a 3 g/l), esta mención únicamente podrá utilizarse para el vino espumoso al que no se añada azúcar después del degüello; extra brut (0 a 6 g/l); brut (< 12 g/l); extra seco (≥ 12 y < 17 g/l); seco (≥ 17 y < 32 g/l); semi seco (≥ 32 y < 50 g/l) y dulce (≥ 50 g/l). Los grados alcohólicos totales se corresponderán con estas concentraciones de azúcares.

Las tolerancias máximas admisibles en las determinaciones analíticas serán las siguientes:

Parámetro

Unidad

Umbral

Grado alcohólico adquirido

% Vol.

± 0,2

Grado alcohólico total

% Vol.

± 0,2

Acidez total

g/l ác. tartárico

± 0,4

Acidez volátil

g/l ác. acético

± 0,1

Dióxido de azufre total

mg/l

± 15

Azúcares

g/l

± 0,5

2.2. Características organolépticas.

Vino blanco Rías Baixas Albariño.

Fase

Descripción

Fase visual

Color amarillo pajizo con tonos dorados o verdosos. Limpio y brillante

Fase olfativa

Intensidad media-alta. Vino de gran complejidad aromática, dominan los aromas primarios de las series cítrica, floral y frutal, donde destaca el aroma a manzana.

Fase gustativa

Equilibrio en boca, con ligera acidez. Buena estructura, con untuosidad media y persistencia. Postgusto floral y frutal.

Resto de vinos blancos Rías Baixas.

Fase

Descripción

Fase visual

Color amarillo pajizo con tonos dorados o verdosos. Limpio y brillante.

Fase olfativa

De intensidad media y con clara percepción de aromas primarios (florales y/o frutales).

Fase gustativa

Ligera acidez, fresca y equilibrada. Postgusto afrutado.

Vino blanco Rías Baixas barrica.

Fase

Descripción

Fase visual

Color amarillo dorado. Limpio y brillante.

Fase olfativa

Intensidad media. Aroma primarios y terciarios bien integrados. Como primarios se mantienen las series floral y frutal junto con aromas terciarios aportados por la madera. Destacan los aromas tostado, ahumado, vainilla y frutos secos.

Fase gustativa

Buena estructura, glicérico y con postgusto afrutado con recuerdos a vainilla.

Vino Rías Baixas tinto.

Fase

Descripción

Fase visual

Color rojo picota con tonos violáceos. Capa media. Limpio y brillante.

Fase olfativa

Vinos con intensidad media. Dominio de aromas primarios a frutos rojos (fresa, mora, etc) y aromas vegetales.

Fase gustativa

Ligera estructura en boca, moderadamente tánica. Persistencia media con recuerdos afrutados.

Vino Rías Baixas espumoso blanco.

Fase

Descripción

Fase visual

Color amarillo pálido con reflejos dorados. Limpio y brillante. Burbuja fina y persistente.

Fase olfativa

Dominio de aromas primarios (florales y frutales) y secundarios (panadería y tostados).

Fase gustativa

Equilibrio en boca. Fresco y ligeramente ácido, con gas carbónico (burbuja) bien integrado y postgusto afrutado.

Vino Rías Baixas espumoso tinto.

Fase

Descripción

Fase visual

Color rojo con tonos violáceos. Limpio y brillante. Burbuja fina y persistente.

Fase olfativa

Dominio de aromas primarios (florales y frutales) y secundarios (panadería y tostados).

Fase gustativa

Equilibrio en boca. Fresco y ligeramente ácido, con gas carbónico (burbuja) bien integrado y postgusto afrutado.

3. Prácticas enológicas específicas.

3.1. Prácticas culturales.

La recogida de la uva se realizará en cajas de vendimia u otros recipientes autorizados por el Consejo Regulador.

3.2. Grado probable mínimo del mosto.

La graduación alcohólica probable mínima de los mostos antes del inicio de la fermentación alcohólica para cada una de las elaboraciones será de 11º para los procedentes de la variedad albariño, 10º para el del resto de variedades blancas; 9,5º para los de las variedades tintas y 10º para los mostos destinados a los vinos espumosos de calidad.

3.3. Métodos de elaboración.

La elaboración y el almacenamiento se realizarán exclusivamente en bodegas ubicadas en la zona geográfica delimitada e inscritas en los registros correspondientes del Consejo Regulador.

Los procesos de elaboración son los siguientes:

a) Vinos blancos Rías Baixas.

El mosto obtenido por estrujado y prensado de la uva blanca, con o sin despalillado, se desfanga y se procede a su fermentación controlada hasta el agotamiento de los azúcares reductores.

Los vinos blancos tendrán una denominación determinada, de acuerdo con las restricciones referidas a variedad utilizada y a la zona de producción de la uva y de elaboración del vino (tabla I).

Tabla I

Denominación específica

Variedades utilizadas

Zona de producción y elaboración

Rías Baixas

Sin restricción de variedad

Toda la zona geográfica de la DOP

Rías Baixas Albariño

100 % Albariño

Toda la zona geográfica de la DOP

Rías Baixas Condado do Tea

≥ 70 % Albariño y treixadura

Subzona Condado do Tea

Rías Baixas Rosal

≥ 70 % Albariño y loureira

Subzona O Rosal

Rías Baixas Salnés

≥ 70 % Albariño, loureira, treixadura y caíño blanco

Subzona Val do Salnés

Rías Baixas Ribeira do Ulla

Subzona Ribeira do Ulla

b) Vino blanco Rías Baixas barrica.

Se trata de vinos elaborados en la zona geográfica a partir de cualquier variedad blanca autorizada. Se sigue un proceso de elaboración similar al de los vinos blancos, con la diferencia de que ocurre una estancia en envases de madera de un tamaño no superior a 600 litros, indicándose en todo caso en el etiquetado el tiempo, en meses o años, que ha permanecido en dichos envases.

c) Vinos tintos.

Obtenidos exclusivamente de uvas de variedades tintas. La uva despalillada y estrujada se somete a una fermentación–maceración con los orujos, a una temperatura controlada y hasta conseguir un contenido adecuado de polifenoles en el mosto-vino. Posteriormente, se realiza el descube, el prensado y, si es necesario, la continuación de la fermentación alcohólica hasta el agotamiento de los azúcares reductores. El vino se considera estable biológicamente cuando se completa la fermentación maloláctica.

d) Vinos espumosos de calidad.

Los vinos espumosos, blancos o tintos, procederán respectivamente y en exclusiva de cada uno de los tipos de variedades citadas en el punto 6 de este pliego de condiciones, y se producirán exclusivamente por segunda fermentación en botella. Los vinos base se elaborarán siguiendo los criterios antes expuestos para los vinos blancos y tintos y tendrán unas características físico-químicas y sensoriales que se corresponderán con sus requisitos respectivos. En cualquier caso, en la producción de vinos espumosos se estará a lo dispuesto en la letra C del anexo II del Reglamento (CE) 606/2009.

Para cualquier tipo de elaboración, el rendimiento no superará los 70 litros de vino por cada 100 kg de vendimia en el caso de los vinos blancos; y de 72 litros de vino por cada 100 kg para los vinos tintos.

4. Delimitación de la zona geográfica.

La zona de producción y elaboración está constituida por los términos municipales y parroquias que se citan a continuación, agrupados en las cinco subzonas en que se divide la denominación de origen:

Subzona

Términos municipales

Parroquias

Val do Salnés

Cambados, Meaño, Sanxenxo, Ribadumia, Meis, Vilanova de Arousa, Portas, Caldas de Reis, Vilagarcía de Arousa, Barro, O Grove e A Illa de Arousa.

Todas

Condado do Tea

Salvaterra de Miño, As Neves, Arbo, Crecente, Salceda de Caselas, Ponteareas.

Todas

A Cañiza

Valeixe

Tui

Guillarei, Paramos, Baldráns, Caldelas de Tui

Mos

Louredo

O Rosal

O Rosal, Tomiño, A Guarda

Todas

Tui

Pexegueiro, Areas, Malvas, Ribadelouro, Rebordáns, Pazos de Reis, Randufe, Tui

Gondomar

Mañufe, Vilaza

Soutomaior

Soutomaior

Todas

Ribeira do Ulla

Vedra

Todas

Padrón

Carcacía, Iria Flavia, Herbón

Teo

Oza, Teo, Lampai, Bamonde, Rarís, Vilariño, Reis

Boqueixón

Codeso, Pousada, Oural, Ledesma, Donas, Sucira

Touro

Bendaña

A Estrada

Arnois, Couso, Cora, Oca, Santeles, Paradela, Berres, S. Miguel de Castro, S. Xurxo de Vea, Ribeira, Riobó, Santa Cristina de Vea, Baloira, Santa Mariña de Barcala

Silleda

Cira

Vila de Cruces

Camanzo, Gres, Añobre

Los viñedos destinados a la producción de vino con esta DOP deben estar situados en estos municipios, estar incluidos en el registro vitícola de la comunidad autónoma y en el de viñedos del Consejo Regulador.

En el anexo I de este pliego de condiciones se muestra de forma gráfica el territorio de la denominación de origen protegida Rías Baixas y su ubicación en Europa.

5. Rendimiento máximo.

La producción máxima admitida por hectárea será de 12.000 kg de uva para la variedad albariño, 10.000 kg para la variedad caíño tinto y 12.500 kg para el resto de las variedades.

Considerando un rendimiento máximo de 70 litros de vino por cada 100 kg de uvas de variedades blancas y de 72 litros por cada 100 kg para las variedades tintas, los rendimientos máximos en litros por hectárea serían:

– 84,00 hl/ha para la variedad albariño.

– 87,50 hl/ha para el resto de variedades blancas.

– 72,00 hl/ha para la variedad caíño tinto.

– 90,00 hl/ha para el resto de variedades tintas.

6. Variedad o variedades de vid.

La elaboración de los vinos protegidos se realizará exclusivamente con uvas de las variedades siguientes:

– Blancas: albariño, treixadura, loureira (loureiro blanco o marqués), caíño blanco, torrontés y godello.

– Tintas: caíño tinto, espadeiro, loureiro tinto, sousón, mencía, brancellao, pedral y castañal.

7. Vínculo con la zona geográfica.

7.1. Datos de la zona geográfica.

a) Factores naturales:

La denominación de origen Rías Baixas está localizada a 42º de latitud norte y a 8º de longitud oeste, y comprende territorios incluidos en las provincias de Pontevedra y A Coruña. Se extiende por un terreno con una altitud que raramente supera los 300 metros, próximo al mar y asociado a los tramos inferiores de los ríos Ulla, Umia, Oitavén, Xabriña y Miño con sus afluentes Tea y Louro.

Se trata de una zona vitivinícola con una vocación climática marcadamente atlántica, de temperaturas suaves (entre 10 ºC y 25 ºC), con cuatro estaciones perfectamente diferenciadas, cortas oscilaciones térmicas y una amplia pluviometría durante todo el año (1.300 mm), que desciende significativamente en verano. Las variables mesoclimáticas de topografía, exposición, orientación y la proximidad al mar o a los ríos pueden matizar los caracteres generales del clima, y aportan diferencias entre las cinco subzonas reconocidas en dicha DOP: Condado do Tea, O Rosal, Ribeira do Ulla, Soutomaior y Val do Salnés. Las condiciones de temperatura y humedad de la primavera, así como del verano, determinan una gran expresión vegetativa de la vid.

La DOP comprende un territorio asociado a la orogenia hercínica, donde destacan los suelos sobre materiales graníticos, pero en los que hay sitio para los suelos sobre materiales metamórficos (esquistos) y los generados sobre materiales sedimentarios (aluviones continentales de origen cuaternario). En su mayoría se trata de suelos pobres en minerales alterables, con textura de arenosa a franco arenosa, con un intenso lavado de Mg, Ca y K, ácidos, pobres en nutrientes y de relativo bajo espesor. Las características de textura provocan una baja retención del agua, una elevada tendencia a la desecación del suelo en verano, y unos desarrollos radiculares de la vid únicamente limitados por la profundidad. Los factores edafológicos reseñados han obligado, tradicionalmente, a una intervención humana orientada tanto a limitar la erosión y la degradación de los suelos como a equilibrar sus condiciones de aprovechamiento mediante el uso de una fertilización racional, a la que estos suelos responden de una forma muy eficaz.

La época de maduración presenta una insolación no muy elevada, unas temperaturas de graduaciones medias, un descenso de las precipitaciones y un ligero estrés hídrico. Estas circunstancias provocan un balance de componentes de las uvas que da lugar a vinos más reconocidos por la concentración y variedad de su fracción ácida, así como por su aroma, que por su contenido alcohólico.

b) Factor humano.

En la existencia y características específicas del vino Rías Baixas, tal y como hoy lo conocemos, ha sido decisiva la actuación de los viticultores de la región, que han ido seleccionando a lo largo de los siglos las variedades que mejor se adaptaban a las condiciones climáticas y de suelo del territorio y sobre las que fueron desarrollando las prácticas culturales que mejores resultados daban en dichas condiciones. Entre estas variedades, la albariño es la gran protagonista, con una presencia abrumadoramente mayoritaria.

Aunque existe controversia en cuanto al origen de esta variedad, lo que se puede afirmar con certeza es que lleva más de mil años cultivándose en el territorio de las Rías Baixas y, dadas sus características, está perfectamente adaptada a las condiciones de clima e insolación que le ofrece este territorio. Por otra parte, también parece que hay unanimidad en la creencia de que los monjes cistercienses llegados a Galicia a través del Camino de Santiago, o bien acompañando a la dinastía de Borgoña, venida a Galicia en el siglo XII con motivo de la boda de Raimundo de Borgoña con la reina Urraca, fueron los encargados de enseñar a los viticultores locales a cuidar las variedades aquí asentadas y a extraer de ellas su máxima expresión.

Así, la viticultura de esta zona presenta, después de siglos de evolución, características que la singularizan, entre las que cabe destacar la estructura productiva minifundista y altamente atomizada. Basta decir, en relación con esto, que las más de 3.900 ha con las que actualmente cuenta la denominación de origen están divididas en 22.400 parcelas, que son explotadas por unos 6.600 viticultores. Por lo tanto, un viticultor medio cultivaría poco más de media hectárea dividida en 3 o 4 parcelas.

Con estos datos, es obvio que la mayor parte de los viticultores practican esta actividad a tiempo parcial, siendo la vid un cultivo más entre los característicos del territorio, con los que está muy integrado en el paisaje Es frecuente que se encuentre haciendo de borde de parcelas en las que se cultiva maíz, patata u otros productos de huerta. Muchas veces incluso se cultiva debajo de la propia vid, aprovechando que el sistema de conducción tradicional, el emparrado, permite el laboreo debajo de la viña, lo que es una manifestación del elevado aprovechamiento que los agricultores de la zona hacían de las escasas dimensiones de sus tierras. Para mantener la fertilidad de unos suelos, tan intensamente aprovechados y no muy ricos en nutrientes debido al intenso lavado de la lluvia, los agricultores de las comarcas de las Rías Baixas se han esmerado en la fertilización de los mismos.

Como se ha adelantado, otra característica de la viticultura de la zona es la utilización del sistema de conducción en emparrado. El cultivo en emparrado, además de permitir –como se ha indicado– el aprovechamiento del suelo para otros cultivos, tiene su principal justificación en la necesidad de limitar los ataques de enfermedades fúngicas –muy importantes en la zona debido a la elevada humedad ambiental– alejando la vegetación del suelo. Además este sistema de conducción permite un mayor aprovechamiento de la radiación solar y un manejo eficaz del vigor de la vid, el cual viene muy favorecido por las condiciones de temperatura y humedad de la zona durante la primavera y el verano.

En las últimas décadas, en la medida en que se fueron haciendo nuevas plantaciones, los viticultores han ido introduciendo otros sistemas de conducción, siempre elevados, que dan respuesta a las condiciones particulares del clima de la zona y a las exigencias del albariño y restantes variedades de la zona, y que facilitan las prácticas culturales necesarias.

7.2. Datos del producto.

Aunque en la DOP Rías Baixas han convivido tradicionalmente las variedades blancas y tintas, han sido las primeras, y entre ellas fundamentalmente la albariño, las que aportan un carácter específico a esta zona vitivinícola. Algunos varietales blancos acompañan al albariño en porcentajes no superiores al 30 % y aportan particularidades de las diferentes subzonas; se trata de loureira, treixadura y caíño blanco. Entre las variedades tintas, muy minoritarias, destacan la sousón, la mencía y la caíño tinto. Sin embargo, el patrimonio varietal de esta zona vitivinícola es muy rico, y existe un gran número de variedades de limitada presencia que contribuyen a enriquecer los matices sensoriales de los vinos producidos.

Como decíamos, la variedad albariño es la auténtica protagonista de esta denominación de origen, hasta el punto de que, según los datos de la vendimia 2011, supuso casi el 96 % del total de uva cosechada. Las siguientes variedades en importancia, loureira y treixadura, apenas superan el 2,3 % cada una, quedando para el resto de variedades blancas algo menos del 1,8 %. Por lo que respecta a las variedades tintas, estas no llegaron al 1 % del total.

Por lo tanto, esta denominación de origen, aunque está basada en una docena de variedades autóctonas propias de Galicia, está fuertemente asociada a esta variedad, hasta el punto de que es frecuente el uso del término «albariño» para designar en el mercado a los vinos de las comarcas de las Rías Baixas.

El éxito de los vinos Rías Baixas ha hecho que esta variedad se haya difundido por otros territorios, a veces muy lejanos. Sin embargo, la variedad albariño alcanza su máxima expresión cualitativa en este clima y en este suelo. Ligado a su código genético, esta variedad posee una gran capacidad de producción de azúcares, que los buenos años pueden superar los 13 % volumen de alcohol. Además, y simultáneamente, lo que es excepcional, mantiene una riqueza en ácidos que muy pocas variedades consiguen en todo el mundo, unida a una riqueza en componentes aromáticos y sápidos que hace sus vinos muy identificables.

7.3. Interacción.

Las características de los diferentes suelos de la zona geográfica unidas a las condiciones climáticas existentes conforman una zona con características favorables para el cultivo del viñedo, de manera que se obtiene un producto final específico y singularizado adaptado perfectamente al medio.

Las variedades presentes son variedades autóctonas seleccionadas a lo largo de los años por los viticultores de la zona, que huyeron del fácil recurso de acudir a la importación de variedades foráneas, más populares para el consumidor. Por eso, las variedades utilizadas, entre las que destaca por su dominio absoluto la variedad albariño, están adaptadas y toleran las condiciones edafoclimáticas existentes, lo que origina vinos específicos desde el punto de vista fisicoquímico y sensorial. La variedad albariño, que como se ha dicho da lo mejor de sí en este territorio, es la gran protagonista de los vinos que aquí se producen. Los vinos que se elaboran con esta variedad son vinos complejos a nivel aromático debido al gran número de descriptores que los caracterizan, entre los que destacan la manzana, cítricos, florales (rosa), fruta madura y herbáceos.

También, a lo largo de los siglos, los viticultores de esta región fueron buscando las mejores zonas y los suelos adecuados para el cultivo de la planta. Además, en la calidad y características específicas del producto, es de gran importancia el esmero con el que trabajan los productores locales –que conocen sus viñas gracias a la sabiduría que da una larga experiencia en su cuidado– tanto en la conducción como en la poda y el atado de las cepas, para un adecuado control del potencial vitivinícola o en la selección de la uva. A ello debemos sumar el rigor en los controles de calidad que se aplican, que hicieron posible el prestigio que los vinos de la DOP Rías Baixas tienen tanto en España como en los mercados internacionales.

8. Disposiciones aplicables.

8.1. Marco jurídico.

Legislación nacional.

Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios del MARM, por la que se publica la Orden de 21 de julio de 2009, de la Consellería del Medio Rural de la Xunta de Galicia, por la que se aprueba el Reglamento de la denominación de origen Rías Baixas y de su Consejo Regulador. Se aplicará en todo aquello que no contradiga el contenido de este pliego de condiciones.

8.2. Requisitos aplicables.

En particular, está disposición establece la obligatoriedad del cumplimiento de los siguientes requisitos adicionales:

a) Prácticas culturales.

Los citados límites de producción de uva por hectárea podrán ser modificados en determinadas campañas por el Consejo Regulador hasta un incremento máximo del 25 %. El acuerdo se tomará con anterioridad a la vendimia y por la mayoría absoluta de los vocales después de los asesoramientos y comprobaciones que se precisen y el informe favorable del órgano de control del Consejo Regulador.

b) Requisitos para la elaboración y el embotellado.

La elaboración, el almacenaje, el envejecimiento y el embotellado de los vinos de la DOP Rías Baixas se realizará exclusivamente en bodegas ubicadas en la zona de producción e inscritas en el registro correspondiente del Consejo Regulador. El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida. El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto. Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la denominación de origen de la Rías Baixas, hacen necesario el envasado en origen, para preservar, así, todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

En las bodegas inscritas en los registros de la denominación de origen Rías Baixas no podrá realizarse la elaboración, almacenamiento o manipulación de uvas, mostos o vinos obtenidos de uvas procedentes de superficies vitícolas situadas fuera de la zona de producción de esta denominación de origen.

El Consejo Regulador podrá determinar los tipos y medidas de los envases para la comercialización del vino, de manera que no perjudiquen su calidad y prestigio, haciendo obligatoria su utilización para ser protegido. Estos envases serán de las capacidades nominales establecidas de acuerdo con el Real decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, por el que se establecen las normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y al control de su contenido efectivo, con exclusión expresa de las botellas de un litro.

c) Requisitos de etiquetado.

El etiquetado de los vinos envasados cumplirá la legislación en vigor en cuanto a indicaciones obligatorias y facultativas. Además, deberá aparecer en la etiqueta principal el nombre de la denominación de origen (Rías Baixas).

Asimismo, en los vinos protegidos por la denominación de origen Rías Baixas, excepto en los espumosos, será obligatoria la indicación del año de su cosecha.

Antes de la puesta en circulación de las etiquetas o de cualquier otro elemento identificador de la botella, éstas deberán ser autorizadas por el Consejo Regulador, que comprobará los aspectos relativos a las normas de la denominación de origen.

Las marcas comerciales que se empleen en la comercialización de vinos de la denominación de origen Rías Baixas no se podrán emplear en la comercialización de otros vinos

Para la denominación de origen protegida Rías Baixas el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, reglamento único para las OCM, es «denominación de origen». Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión «denominación de origen protegida».

En el etiquetado de los vinos de esta denominación de origen podrá utilizarse el término «barrica», si se ajustan a lo establecido en el anexo III del Real decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.

Para que en las etiquetas pueda figurar el nombre de cualquiera de las subzonas reseñadas en la zona de producción junto con el de la denominación de origen (Rías Baixas-Val do Salnés, Rías Baixas-Rosal, Rías Baixas-Condado do Tea, Rías Baixas-Soutomaior, Rías Baixas-Ribeira do Ulla), será imprescindible que la materia prima proceda íntegramente de las mismas, así como que la elaboración se lleve a cabo en su interior. Además, y simultáneamente, deberán cumplirse los requisitos en cuanto a variedades establecidos por este pliego de condiciones.

Todos los envases que se destinen al consumo irán provistos de una precinta o contraetiqueta numerada que será suministrada por el Consejo Regulador, que deberá ser colocada en la propia bodega. Dicha contraetiqueta incluirá el logotipo de la denominación de origen, que se incluye como anexo II de este pliego de condiciones.

9. Controles.

9.1. Órgano de control.

El Consejo Regulador de la denominación de origen protegida Rías Baixas tiene identificado en su estructura un órgano de control y de certificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1º letra b) de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega; y en el artículo 65 del Decreto 4/2007, de 18 de enero, por el que se regulan las denominaciones geográficas de calidad del sector alimentario y sus consejos reguladores. De acuerdo con dichas normas, el Consejo Regulador es una corporación de derecho público tutelada por la Consellería del Medio Rural y del Mar de la Xunta de Galicia, y sus auditores–inspectores están habilitados por ésta y tienen la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones de control.

– Nombre: Órgano de Control y Certificación del Consejo Regulador de la denominación de origen Rías Baixas.

– Dirección: Palacio de Mugartegui. Praza da Pedreira, 10, 36002 Pontevedra.

– Teléfono: 0034 986 85 48 50. Fax: 0034 986 86 45 46.

– Correo electrónico: consejo@doriasbaixas.com

9.2. Tareas.

9.2.1. Alcance de los controles.

a) Análisis químicos y organolépticos.

El órgano de control verifica que los elaboradores realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

El Consejo Regulador entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la denominación de origen protegida Rías Baixas que se ajuste a los parámetros establecidos. Las partidas que no reúnan las características analíticas y organolépticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la denominación de origen protegida.

b) Operadores.

El órgano de control comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones. En particular, comprueba que los productores y elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto y análisis de los parámetros químicos y organolépticos.

c) Productos.

El órgano de control, mediante la toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo el amparo de la denominación de origen cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, que se utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y que se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

9.2.2. Metodología en los controles en la verificación anual.

a) Controles sistemáticos.

El órgano de control realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la denominación de origen protegida con los objetivos siguientes:

– Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

– Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

– Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

– Comprobar que se realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

b) Controles aleatorios.

El órgano de control realiza controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

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