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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Lunes, 20 de agosto de 2012 Pág. 33303

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 30 de julio de 2012 por la que se notifica la imposición de una tercera multa coercitiva a Eduardo da Costa Oliveira (expediente IU3/32/2012) por ignorarse el lugar de la notificación.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, en fecha 28 de febrero de 2012, imponer una tercera multa coercitiva a Eduardo da Costa Oliveira como consecuencia del incumplimiento de la Resolución de 5 de noviembre de 2009 por la que se ordena la demolición de las obras de construcción de un local para mesón-ciber-pub, en el lugar de Aceredo Novo, en el término municipal de Lobios, provincia de Ourense.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicho acuerdo.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra este acuerdo el interesado puede interponer recurso de reposición, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 30 de julio de 2012

Por sustitución (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística