Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Viernes, 7 de septiembre de 2012 Pág. 35596

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 8 de agosto de 2012 por la que se notifica el acuerdo de incoación del expediente sancionador y de reposición de la legalidad SIL/104/2012, devuelto por el servicio de Correos por resultar su destinatario desconocido.

La jefa del Servicio de Inspección del Litoral de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, con fecha 19 de julio de 2012, acordó la incoación del expediente sancionador y de restitución y reposición de la legalidad número SIL/104/2012, entre otros a Antonio Santiago Fraguela, por actuaciones abusivas sin la preceptiva autorización autonómica dentro de la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, en el lugar de playa de Figueiras, parroquia de A Pedra, término municipal de Cariño (A Coruña).

Al no poderse realizar la notificación personal de dicho acuerdo, mediante la presente cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicho acuerdo.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se le comunica al interesado que el texto íntegro del acuerdo que se notifica está a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, edificio Witland, 1er piso - Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

El interesado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, para alegar y presentar los documentos e informaciones que considere convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que se pretenda valer.

Para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 8 de agosto de 2012

P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo; DOG nº 59, de 27 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística