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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Martes, 6 de noviembre de 2012 Pág. 41604

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (826/2010).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento seguridad social 826/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marcelino Sobrado Piñeiro contra la empresa Naviera Marot, S.A., Fraternidad Muprespa, Instituto Social de la Marina, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, sobre invalidez, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 28 de septiembre de 2012

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre revisión de incapacidad 826/2010, siendo demandante Marcelino Sobrado Piñeiro, representado por el letrado Sr. Varela Míguez, y demandados el Instituto Social de la Marina, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la representación de la letrada de la Administración de la Seguridad Social Sra. Suárez Berea, la Mutua Fraternidad Muprespa, con la representación del letrado Sr. Ojea Carballeira, y la empresa Naviera Marot, S.A.

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Marcelino Sobrado Piñeiro contra el Instituto Social de la Marina (ISM), contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y contra la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como contra la Mutua Fraternidad Muprespa y contra la empresa Naviera Marot, S.A., y, en consecuencia, declaro a Marcelino Sobrado Piñeiro afecto de incapacidad permanente total, derivada de accidente de trabajo, y condeno a las entidades demandadas, en función de sus respectivas responsabilidades, a abonar el actor una prestación del 75 % de su base reguladora mensual de 1.970,12 euros, con efectos de 22 de junio de 2010, y ello con las mejoras y las revalorizaciones que legal y reglamentariamente procedan.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Naviera Marot, S.A., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

A Coruña, 15 de octubre de 2012

La secretaria judicial