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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 7 de noviembre de 2012 Pág. 41755

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (642/2010).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento seguridad social 642/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Antelo Couto contra la empresa Construcciones Busto Cotelo, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social T.G.S.S. y Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo Mutua Gallega, sobre incapacidad permanente, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 1 de octubre de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 (refuerzo) de A Coruña, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre prestación de incapacidad permanente 642/2010, siendo demandante Manuel Antelo Couto, representado por el letrado Sr. Nogueira Esmorís, y demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la representación de la letrada de la Administración de la Seguridad Social Sra. Suárez Berea, la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo Mutua Gallega, con la representación de la letrada Sra. Llan Lodos, así como la empresa Construcciones Busto Cotelo, S.L.

Dispongo que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por parte de Manuel Antelo Couto contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y contra la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como contra la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo Mutua Gallega y contra la empresa Construcciones Busto Cotelo, S.L., y, en consecuencia, absuelvo a las entidades demandadas de cuantas pretensiones se habían ejercitado en su contra en méritos del presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Construcciones Busto Cotelo, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 15 de octubre de 2012

La secretaria judicial