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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Lunes, 12 de noviembre de 2012 Pág. 42140

I. Disposiciones generales

Tribunal Constitucional

CUESTIÓN de inconstitucionalidad número 3809/2012, en relación con la disposición adicional tercera de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, reformada por la Ley 10/2007, de 28 de junio, por posible vulneración del artículo 149.1.8ª de la CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3809/2012, planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el recurso de casación autonómico número 49/2011, en relación con la disposición adicional tercera de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, reformada por la Ley 10/2007, de 28 de junio, por posible vulneración del artículo 149.1.8ª de la CE y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) Ley orgánica del Tribunal Constitucional, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, quienes sean parte en el recurso de casación autonómico número 49/2011 podrán personarse ante este tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de octubre de 2012

Herminia Palencia Guerra
Secretaria de justicia del Pleno del Tribunal Constitucional