Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, por la presente cédula se notifica a la entidad relacionada en el anexo resolución del procedimiento de reintegro de subvención concedida mediante resolución del director general de Promoción del Empleo de fecha 31 de diciembre de 2008.
Se hace saber que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución ante la Dirección General de Empleo y Formación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 11 de enero de 2013
Ana María Díaz López
Directora general de Empleo y Formación
ANEXO
Entidad: Asociación de Empresarios de Fisterra.
Dirección: calle Santa Catalina, 14, 15555 Fisterra.
Nº expediente: TR352A 2008/480-0.
Fecha de la resolución del procedimiento de reintegro: 19 de diciembre de 2012.
Cantidad a reintegrar: 0 €.