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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Viernes, 15 de febrero de 2013 Pág. 4465

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

ORDEN de 7 de febrero de 2013 por la que se convoca concurso público de los terrenos francos resultantes de la declaración de caducidad de derechos mineros correspondientes a la provincia de Pontevedra.

La Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia (en adelante Lominga), constituye la legislación propia de la Comunidad Autónoma en materia de minas y desarrolla el régimen jurídico de las actividades mineras en Galicia en condiciones de sostenibilidad y seguridad, promoviendo un aprovechamiento racional de los recursos compatible con la protección del medio ambiente. En su título IV regula el procedimiento de otorgamiento y contenido de los derechos mineros, estableciendo en el artículo 35 que los terrenos francos resultantes del levantamiento de una zona de reserva o la declaración de caducidad de un permiso de exploración, un permiso de investigación o una concesión minera podrán ser declarados registrables una vez celebrado el necesario concurso público previsto en la legislación específica minera.

Dicha legislación específica minera está constituida por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, y sus modificaciones posteriores, desarrollada por el Reglamento general para el régimen de la minería aprobado por el Real decreto 2857/1978, de 25 de agosto. El artículo 39 de la Ley de minas señala que el levantamiento de la reserva o la caducidad del permiso de exploración, del permiso de investigación o de la concesión de explotación no otorgará al terreno el carácter registrable hasta que tenga lugar un concurso público por el que se resolverá, conforme a los artículos 53 y 64, el otorgamiento de permisos de investigación y concesiones directas de explotación sobre dichos terrenos.

Desde el último concurso celebrado en la provincia de Pontevedra transcurrieron más de diez años, lo que produjo que a día de hoy exista gran extensión de terreno franco no registrable en esta provincia. Es por ello que se hace necesario convocar un concurso público de los derechos mineros caducados de esta provincia con el fin de fomentar y dinamizar la minería en nuestro territorio.

Por lo expuesto, en uso de las facultades que me confieren el artículo 16 de la Lominga y la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia

Dispongo:

Primero. Objeto

En aplicación de los artículos 35 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, 39.2, 53 y 64 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, y 72 y 85 del Reglamento general para el régimen de la minería de 25 de agosto de 1978, mediante la presente orden se declaran como francos y se acuerda convocar concurso público de los terrenos resultantes de la caducidad de los derechos mineros que se recogen en el anexo I de la presente orden, cuyas cuadrículas mineras están comprendidas en la provincia de Pontevedra, incluidas aquellas superficies que, perteneciendo a más de una provincia, tengan mayor superficie en la de Pontevedra, con expresión del tipo de derecho, número, nombre, recurso, superficie y términos municipales afectados.

Segundo. Designación del terreno, lugar y superficie del yacimiento o recurso minero objeto del concurso

La superficie solicitada en el concurso podrá ser la totalidad de la designada en el derecho caducado o una parte del mismo.

La designación del terreno que se pretende será por cuadrículas mineras referidas al meridiano de Greenwich.

Cada solicitud se formulará sobre la superficie del mismo derecho objeto de concurso, a excepción de los derechos definidos en pertenencias mineras y de las solicitudes de reclasificación de recursos tanto de la sección A) como de la sección C), para los que se podrán formular solicitudes sobre varios derechos objeto del concurso y sobre terrenos francos y registrables que los rodeen, si es necesario para formar cuadrículas mineras.

El yacimiento o recurso minero que se pretenda será de la misma sección que la que correspondía al derecho caducado. En el caso de recursos de la sección D), la solicitud será para el mismo recurso del derecho caducado.

Tercero. Viabilidad y solvencia técnica

Los requisitos de viabilidad y solvencia técnica serán los señalados en el artículo 17 de la Lominga y se acreditarán por los medios allí previstos.

Cuarto. Metodología y técnica minera

El proceso metodológico a seguir en la investigación del yacimiento o recurso minero estará fundamentado en una estrategia de programación de actuaciones con objetivos progresivos en tres fases.

La primera fase comprenderá los trabajos de investigación y los estudios de campo necesarios para obtener datos suficientes y adecuados para interpretar la estructura geológica de la superficie solicitada y para caracterizar el recurso en cuestión desde el punto de vista fisicoquímico, geoestructural y geomecánico.

La segunda fase incluirá métodos de investigación y ensayos de caracterización propios a la utilidad de cada material, orientados a delimitar las zonas concretas de mayor interés y probable explotación futura. La investigación comprenderá una campaña de sondeos con recuperación de testigo, con una profundidad adecuada para dar constancia de la existencia de los materiales buscados y de la potencia de los mismos. La campaña habrá de tener, como mínimo, un sondeo por cada zona concreta de interés.

La tercera fase comprenderá métodos de investigación apropiados para delimitar y cuantificar el yacimiento, con un mínimo de una malla de sondeos.

En las concesiones directas, en el proyecto de explotación se deberán indicar los datos y pruebas que permitan definir la explotación de los recursos como consecuencia de mejoras tecnológicas o de nuevas perspectivas de mercado, así como todos los parámetros necesarios (intensidad del trabajo previsto, volumen de materia a extraer, costes de extracción, volumen aprovechable, valor del material en el mercado, rentabilidad etc.) que justifiquen la viabilidad del aprovechamiento en las cuadrículas solicitadas.

Quinto. Inversión mínima necesaria

La inversión mínima necesaria por cuadrícula exigible para el otorgamiento de un derecho minero en el concurso será de doce mil euros (12.000 euros) de una a diez cuadrículas y de seis mil (6.000 euros) de las diez cuadrículas en adelante.

Sexto. Plazo de ejecución de los trabajos

El plazo de ejecución de los trabajos será como máximo de un año para cada fase de investigación. Para las explotaciones será el que acredite en el proyecto en función de las reservas demostradas y del ritmo de producción previsto que haga viable el aprovechamiento.

Séptimo. Solicitudes y documentación a presentar

El escrito de solicitud se dirigirá al conselleiro de Economía e Industria y será conforme al modelo normalizado que se adjunta en el anexo II de esta orden. Las solicitudes habrán de ajustarse a los requisitos establecidos en el artículo 35 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, en los artículos 53 y 64 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, y en los artículos 72 y 85.1 del Reglamento general para el régimen de la minería de 25 de agosto de 1978.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Xunta de Galicia, Edificio Administrativo San Caetano, 15781 Santiago de Compostela, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Cuando las proposiciones no se presenten directamente en el Registro General de la Xunta, deberá comunicarse la solicitud mediante fax (número 981 54 55 15), a la Consellería de Economía e Industria, dentro del plazo fijado en el anuncio publicado de la convocatoria. El plazo de presentación será de un mes a contar a partir del día siguiente al de la última publicación de esta orden, sea en el Diario Oficial de Galicia o en el Boletín Oficial del Estado.

En el primer sobre se incluirá la documentación acreditativa de la capacidad jurídica y de obrar del solicitante y de la representación, y el resguardo de la fianza provisional, que consistirá en el 10 % de la tasa correspondiente a las solicitudes de derechos mineros establecida en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, según modificaciones introducidas por la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 2012, que se indica en el anexo III de esta orden.

Para acreditar la capacidad jurídica y de obrar se aportará la siguiente documentación:

– En el caso de personas jurídicas, copia compulsada de la escritura o documento de constitución, de modificación, de los estatutos o del acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público correspondiente según el tipo de persona jurídica de que se trate.

– En el caso de personas físicas, y solo en el caso de no autorizar su consulta, copia compulsada del documento nacional de identidad (DNI) o documento que reglamentariamente lo sustituya, y se adjuntará copia compulsada del número de identificación fiscal (NIF) en el caso de que no figure en el DNI.

Para acreditar la representación se aportarán los siguientes documentos:

– Los que comparezcan y firmen la solicitud en nombre de otro deberán presentar copia compulsada del DNI del apoderado, o documento que reglamentariamente lo sustituya, solo en el caso de no autorizar su consulta.

– Si el solicitante fuera una persona física, se adjuntará copia auténtica o compulsada de la escritura del poder notarial.

– Si el solicitante fuera una persona jurídica, se adjuntará copia compulsada de la escritura de constitución de la persona jurídica y modificación, en su caso, inscrita en el registro público correspondiente con aquellos particulares de los estatutos o acuerdos sociales de los que se deduzca dicha representación. Si ésta no resultase únicamente de ellos, se presentará, además, escritura de poder notarial para justificarla, inscrita en el registro público correspondiente.

La aportación del documento de identidad será exigible salvo que el solicitante preste el consentimiento para que el órgano gestor acceda al sistema de verificación de datos de identidad del Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con el Decreto 255/2008, de 23 de octubre, por el que se simplifica la documentación para la tramitación de los procedimientos administrativos y se fomenta la utilización de medios electrónicos.

El segundo sobre contendrá la designación del terreno que se pretende y los documentos requeridos para las solicitudes de derechos mineros según el artículo 17 de la Lominga, en los que se acreditarán los requisitos de la convocatoria señalados en los artículos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto, y una declaración responsable de los documentos presentados.

Los datos relativos a la situación geográfica de la superficie sometida a concurso estarán a disposición de los interesados en la Sección de Minas de la Jefatura Territorial de Pontevedra, calle Fernández Ladreda nº 43, 5º, en horas de oficina.

Octavo. Apertura pública y admisión de solicitudes

La apertura y admisión de solicitudes se realizará por una mesa que se constituirá en acto público a los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La constitución de la mesa tendrá lugar a las 10.00 horas de ese día en la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Podrán asistir a la apertura las personas que presenten solicitudes.

La mesa estará formada por los siguientes miembros:

– El director general de Industria, Energía y Minas o persona en quien delegue, que actuará, como presidente.

– El jefe del Servicio de Gestión Minera o un ingeniero de minas designado por el director general de Industria, Energía y Minas, que habrá de actuar como secretario de la mesa.

– Un letrado de la Xunta de Galicia.

– El interventor delegado de la Consellería de Economía e Industria.

– Un representante de la Jefatura Territorial de Lugo de la Consellería de Economía e Industria.

Constituida la mesa, se dará lectura al anuncio del concurso, procediendo al recuento de solicitudes presentadas, dando conocimiento público del número de proposiciones recibidas y del nombre de los concursantes.

A continuación se procederá a la apertura de los sobres en el orden habitual, a los efectos de la comprobación formal de la documentación exigida en el artículo anterior.

Tras la revisión de la documentación por los servicios técnicos de la Consellería de Economía e Industria, si la solicitud no reúne alguno de los requisitos exigidos en esta orden de convocatoria, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos. En este requerimiento se hará indicación expresa de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa la correspondiente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Una vez revisadas las solicitudes y las enmiendas hechas, aquellas que no reúnan todos los requisitos y la documentación necesaria serán inadmitidas, con indicación de la causa de inadmisión.

Noveno. Resolución del concurso

El órgano minero competente para resolver es el conselleiro de Economía e Industria conforme al artículo 16 de la Lominga.

El concurso se adjudicará a favor de las propuestas más ventajosas en su conjunto a juicio del órgano minero competente, entendiendo por tales las que ofrezcan las mejores condiciones científicas y técnicas y las mayores ventajas económicas y sociales, en atención a los siguientes criterios:

– La calidad técnica del proyecto y las garantías que se ofrezcan de su viabilidad.

– La propuesta de rehabilitación de los terrenos, las garantías de protección del medio y de minimización de afectaciones causadas por el laboreo y las medidas de compensación que se prevén aplicar para la conservación del medio.

– El recurso minero en relación con la superficie solicitada.

– El impacto del proyecto en el desarrollo y mejora de las condiciones económicas y sociales de la zona de implantación.

El concurso se resolverá en el plazo máximo de tres meses contados desde el día siguiente a la última publicación de la convocatoria. Transcurrido el plazo sin que recayese resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

La resolución pondrá fin a la vía administrativa, se notificará a todos los concursantes y se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.

Contra la resolución podrán interponerse los siguientes recursos:

– Recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, si esta fuera expresa, o de tres meses contados a partir del siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

– Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, si esta fuera expresa, o de seis meses contados a partir del siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Resuelto el concurso y transcurridos los plazos para la interposición de los respectivos recursos sin que estos se hubieran interpuesto, la documentación aportada con las propuestas no seleccionadas quedará a disposición de los interesados.

Las fianzas constituidas por los solicitantes de las propuestas no seleccionadas del concurso se devolverán en un plazo de 30 días naturales, a contar desde la notificación de la resolución denegatoria.

Décimo. Declaración de terreno franco y registrable

Si después de celebrado el concurso quedaran terrenos sin adjudicar, podrán ser declarados francos y registrables por la Administración minera, debiendo publicarse esa declaración en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final primera

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su última publicación, sea en el Diario Oficial de Galicia o en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda

Los gastos de inserción de esta orden en las publicaciones oficiales correrán a cargo de los adjudicatarios.

Disposición final tercera

Esta orden entrará en vigor a partir del día siguiente de la última publicación, sea en el Diario Oficial de Galicia o en el Boletín Oficial del Estado.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2013

P.D. (Orden 30.4.2009, DOG nº 87, de 6 de mayo)
Borja Verea Fraiz
Secretario general técnico de la Consellería de Economía e Industria

ANEXO I

Derecho minero

Recurso

Nombre

Términos municipales

Superficie

500

Concesión de explotación

Caolín

Ignacia

A Guarda

6 pm

790

Concesión de explotación

Caolín

Felicidad

O Rosal, Tomiño

6 pm

883

Concesión de explotación

Caolín

Felicitas

A Guarda

20 pm

972

Concesión de explotación

Wolframio y estaño

San Gonzalo

Vila de Cruces

69 pm

1961

Concesión de explotación

Casiterita

San Antonio

O Rosal

120 pm

1970

Concesión de explotación

Casiterita

San Antonio Amp. 1ª

O Rosal

64 pm

1973

Concesión de explotación

Caolín

Carmiña

A Guarda, O Rosal

19 pm

2019

Concesión de explotación

Casiterita

San Antonio Amp. 2ª

O Rosal

124 pm

2456

Permiso de investigación

Granito ornamental

Cabernouro

Ponteareas

1 cm

2461

Permiso de investigación

Granito ornamental

Picaraña

Ponteareas

8 cm

2473

Permiso de investigación

Granito ornamental

Coto da Cruz

Salceda de Caselas, Ponteareas

11 cm

2517

Permiso de investigación

Arcilla, caolín, cuarzo

Vilalonga

Sanxenxo, Meaño

6 cm

2569

Permiso de investigación

Granito ornamental

Bouza

Ponte Caldelas, Pontevedra

26 cm

2578

Permiso de investigación

Granito ornamental

Painceiros

Cercedo, A Estrada

23 cm

2586

Permiso de investigación

Granito ornamental

Deza

Lalín

4 cm

2595

Permiso de investigación

Granito ornamental

Aldir

Covelo

6 cm

2631

Permiso de investigación

Granito ornamental

San Martiño

Gondomar, Tui

6 cm

2633

Permiso de investigación

Granito ornamental

Castro

Campo, Lameiro, Cuntis, A Estrada

13 cm

2638

Permiso de investigación

Granito ornamental

Paraíso

Caldas de Reis, Portas

12 cm

2640

Permiso de investigación

Granito ornamental

Remesar

A Estrada

6 cm

2648.2

Permiso de investigación

Granito ornamental

Arnego

Lalín, Rodeiro, Agolada

17 cm

2651

Permiso de investigación

Granito ornamental

Rañadoiro

Pontevedra, Soutomaior

4 cm

2655

Permiso de investigación

Granito ornamental

López

Agolada, Lalín, Rodeiro

1 cm

2658

Permiso de investigación

Granito ornamental

Marilina

Agolada, Lalín

15 cm

2659

Permiso de investigación

Arcilla, caolín

Nueva ampliación a Cerámica de Campaña

Valga

10 cm

2660

Permiso de investigación

Granito ornamental

Nuevo Confurco II

Ponteareas

6 cm

2661

Permiso de investigación

Granito ornamental

Verducido

Barro, Pontevedra

3 cm

2663

Permiso de investigación

Granito ornamental

Espiño

Vilagarcía de Arousa, Caldas de Reis

2 cm

2668

Permiso de investigación

Granito ornamental

Cillarga

Mos, Ponteareas

2 cm

2676

Permiso de investigación

Granito ornamental

Saiar

Caldas de Reis

1 cm

2682

Permiso de investigación

Granito ornamental

Arnoso

Ponteareas

12 cm

2688

Permiso de investigación

Granito ornamental

Vilas

Gondomar, O Porriño

1 cm

2691

Permiso de investigación

Granito ornamental

Leguiñas

A Estrada

2 cm

2693

Permiso de investigación

Granito ornamental

Patricia

Silleda, Forcarei

30 cm

2697

Permiso de investigación

Granito ornamental

Castelo

Ponteareas

6 cm

2701

Permiso de investigación

Granito ornamental

Vilar

Pontevedra

4 cm

2704

Permiso de investigación

Granito ornamental

Espiño

Agolada

9 cm

2711

Permiso de investigación

Granito ornamental

Santa Marta

Mos, O Porriño

8 cm

2713

Permiso de investigación

Granito ornamental

Coto de Vilax

Pontevedra

6 cm

2714

Permiso de investigación

Granito ornamental

Coto da Rexa

Pontevedra

1 cm

2719

Permiso de investigación

Recurso sección C)

Chan das Pozas

Ponteareas, Mos

5 cm

2722

Permiso de investigación

Granito ornamental

Val

Agolada, Rodeiro

36 cm

2730

Permiso de investigación

Granito ornamental

Casiñas

Portas

4 cm

2732

Permiso de investigación

Granito ornamental

Laxe da Cruz

Ponteareas

3 cm

2734

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedra

Salvaterra de Miño, Ponteareas

4 cm

2735

Permiso de investigación

Granito ornamental

Coto

Cotobade, Ponte Caldelas

15 cm

2736

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedra que Fala

Ponteareas, O Porriño, Salceda de Caselas

5 cm

2737

Permiso de investigación

Granito ornamental

Madalena

Tomiño, Oia

2 cm

2741

Permiso de investigación

Granito ornamental

Aranda

Fornelos de Montes

2 cm

2743

Permiso de investigación

Recurso sección C)

Helena

A Cañiza, Mondariz, Covelo,

As Neves

63 cm

2745

Permiso de investigación

Granito ornamental

Viñavella

Ponteareas

3 cm

2746

Permiso de investigación

Granito ornamental

Despedrada

Cangas

3 cm

2747

Permiso de investigación

Granito ornamental

Luna

O Porriño

1 cm

2748

Permiso de investigación

Granito ornamental

Rita

O Porriño

1 cm

2753

Permiso de investigación

Granito ornamental

María Derreti

Meis, Barro, Pontevedra

24 cm

2758

Permiso de investigación

Granito ornamental

Perico

Pontevedra, Poio

2 cm

2762,2

Permiso de investigación

Granito ornamental

Urceira 2ª Fracc.

O Porriño, Ponteareas, Salceda de Caselas

3 cm

2763

Permiso de investigación

Granito ornamental

Vilachán

Tomiño, Oia

3 cm

2764

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedrada

Tomiño, Oia

6 cm

2765

Permiso de investigación

Granito ornamental

Magdalena

Tui

2 cm

2767

Permiso de investigación

Oro, otros sección C)

Vilachán

Tomiño, Oia, Baiona, Gondomar

68 cm

2768

Permiso de investigación

Granito ornamental

Granitos Bazar

Pontevedra, Barro, Moraña

15 cm

2773

Permiso de investigación

Granito ornamental

Alberto I

Lalín, Vila de Cruces

31 cm

2777

Permiso de investigación

Granito ornamental

Roupeiro

O Porriño

4 cm

2783

Permiso de investigación

Granito ornamental

Carbelo

Crecente, A Cañiza, Melón

14 cm

2788

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedreira

Meis, Poio

9 cm

2789

Permiso de investigación

Granito ornamental

Alto

Ponteareas, Salvaterra de Miño

4 cm

2793

Permiso de investigación

Granito ornamental

Trabadela

A Estrada

10 cm

2794

Permiso de investigación

Granito ornamental

Coto Agudo

Ponte Caldelas, Soutomaior, Pontevedra

5 cm

2795

Permiso de investigación

Granito ornamental

Bañadoiros

Pontevedra, Vilaboa

9 cm

2796

Permiso de investigación

Granito ornamental

Silvoso

Ponte Caldelas, Soutomaior

12 cm

2799

Permiso de investigación

Granito ornamental

Xil

Meaño

2 cm

2805

Permiso de investigación

Granito ornamental

Serra

Meis

4 cm

2806

Permiso de investigación

Granito ornamental

Fonte do Sapo

Meis, Poio

10 cm

2808

Permiso de investigación

Granito ornamental

Adelix

Meaño

4 cm

2809

Permiso de investigación

Granito ornamental

Rial

Salceda de Caselas

2 cm

2810.1

Permiso de investigación

Granito ornamental

Rial I Fracción 1ª

Mos, Ponteareas

4 cm

2810.2

Permiso de investigación

Granito ornamental

Rial I Fracción 2ª

Mos, Ponteareas, Pazos de Borbén

58 cm

2811.1

Permiso de investigación

Granito ornamental

Das Lamas Fracción 1ª

Lalín, Agolada

2 cm

2811.2

Permiso de investigación

Granito ornamental

Das Lamas Fracción 2ª

Lalín, Agolada

2 cm

2812

Permiso de investigación

Granito ornamental

Curota

Ponte Caldelas

4 cm

2820

Permiso de investigación

Granito ornamental

Xesta

A Lama

2 cm

2823

Permiso de investigación

Granito ornamental

Foxo

Ponteareas, Salvaterra de Miño

3 cm

2829

Permiso de investigación

Granito ornamental

Mateo

Cotobade

12 cm

2832

Permiso de investigación

Granito ornamental

Quino

Mos

3 cm

2835

Permiso de investigación

Granito ornamental

Cerdeira

As Neves

6 cm

2836

Permiso de investigación

Granito ornamental

Lagoa

Rodeiro, Lalín

3 cm

2838

Permiso de investigación

Granito ornamental

Rubias

Rodeiro

4 cm

2843

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedroso

Rodeiro

9 cm

2845

Permiso de investigación

Granito ornamental

Malvas

Tui, Gondomar

2 cm

2848

Permiso de investigación

Granito ornamental

Cruz do Brasil

Ponte Caldelas

1 cm

2850

Permiso de investigación

Granito ornamental

Penela

Ponteareas, Salvaterra de Miño

3 cm

2854

Permiso de investigación

Granito y recurso sección C)

Rosende

Silleda, Lalín

2 cm

2857

Permiso de investigación

Serpentinas y anfibolitas

Ponte

Agolada

5 cm

2864

Permiso de investigación

Granito ornamental

A Devesa

Rodeiro

11 cm

2869

Permiso de investigación

Granito ornamental

Corroliño

Rodeiro

12 cm

2874

Permiso de investigación

Granito ornamental

Guláns

Ponteareas

1 cm

2875

Permiso de investigación

Granito ornamental

Faro

Pontevedra, Ponte Caldelas

1 cm

2876

Permiso de investigación

Silicoaluminios

O Rosal

Oia, O Rosal, Tomiño

28 cm

2878

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pomar

Salceda de Caselas, Ponteareas, Salvaterra de Miño

4 cm

2879

Permiso de investigación

Granito ornamental

Barreiro

Salceda de Caselas

2 cm

2880

Permiso de investigación

Granito ornamental

Castelo

Salceda de Caselas

1 cm

2881

Permiso de investigación

Granito ornamental

Parderrubias

Salceda de Caselas

1 cm

2882

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedra Buxiña

Salceda de Caselas

1 cm

2883

Permiso de investigación

Granito ornamental

Orion

Vigo

1 cm

2885

Permiso de investigación

Granito ornamental

Lousado

Gondomar

1 cm

2888

Permiso de investigación

Granito ornamental

Valverde

Gondomar

4 cm

2889

Permiso de investigación

Granito ornamental

Caldeirón

Gondomar

3 cm

2890

Permiso de investigación

Granito ornamental

Canavial

Nigrán, Gondomar

2 cm

2892

Permiso de investigación

Granito ornamental

Chandecam

Nigrán, Gondomar

6 cm

2893

Permiso de investigación

Granito ornamental

Castro II

Cuntis, A Estrada, Campo Lameiro

27 cm

2894

Permiso de investigación

Granito ornamental y arcillas caoliníferas

Cabalar

Cuntis, A Estrada

29 cm

2901

Permiso de investigación

Granito ornamental

Zudres

Cotobade

2 cm

2903

Permiso de investigación

Granito ornamental

García

Rodeiro

16 cm

2904

Permiso de investigación

Granito ornamental

Porrisal I

Ponte Caldelas

13 cm

2908

Permiso de investigación

Granito ornamental

Valverde

Gondomar, Nigrán

22 cm

2909

Permiso de investigación

Granito ornamental

Melo

Ponteareas

2 cm

2910

Permiso de investigación

Granito ornamental

Ventín

Fornelos de Montes

2 cm

2911

Permiso de investigación

Granito ornamental

Paramo

Ponteareas, Salvaterra

2 cm

2912

Permiso de investigación

Granito ornamental

Ladeira

O Porriño

2 cm

2919

Permiso de investigación

Granito ornamental

Teresa IV

Rodeiro, Antas de Ulla, Agolada

13 cm

2920

Permiso de investigación

Granito ornamental

Revol

Pontevedra

2 cm

2921

Permiso de investigación

Granito ornamental

Carrascal

A Lama

18 cm

2923

Permiso de investigación

Granito ornamental

Melongar

Rodeiro

12 cm

2924

Permiso de investigación

Granito ornamental

Bouzada

Mondariz

8 cm

2925

Permiso de investigación

Granito ornamental

López

Rodeiro

9 cm

2928

Permiso de investigación

Granito ornamental

Mouro

Ponteareas

10 cm

2937

Permiso de investigación

Granito ornamental

San Luís

A Estrada

9 cm

2938

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedra Pais 01

Fornelos de Montes

4 cm

2939

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pedra Pais 02

Pazos de Borbén, Fornelos de Montes

3 cm

2941

Permiso de investigación

Granito ornamental

Gateira

Mondariz

2 cm

2942

Permiso de investigación

Granito ornamental

As Covas I

O Porriño

3 cm

2946

Permiso de investigación

Tierras raras, zircón, itrio

O Porriño

Gondomar, Mos, O Porriño, Vigo

32 cm

2949

Permiso de investigación

Granito ornamental

Cruz

Salceda de Caselas

1 cm

2953

Permiso de investigación

Granito ornamental

Carreira

Ponteareas

2 cm

2952

Permiso de investigación

Granito ornamental

Santa Marta

As Neves

7 cm

2954

Permiso de investigación

Granito ornamental

Chan de Prado

Gondomar

9 cm

2958

Permiso de investigación

Granito ornamental

Chan de Picaraña

Ponteareas

3 cm

2959.2

Permiso de investigación

Granito ornamental

Campo 2ª Fracción

Covelo

6 cm

2962.2

Permiso de investigación

Estaño, wolframio, tántalo, niobio y litio

Alberta I 2ª Fracción

Forcarei (PO), Beariz (OU)

19 cm

2962.3

Permiso de investigación

Estaño, wolframio, tántalo, niobio y litio

Alberta I 3ª Fracción

Forcarei, A Lama, Cercedo (PO), Beariz (OU)

17 cm

2963

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pielas

Fornelos de Montes

4 cm

2971

Permiso de investigación

Granito ornamental

Gramela

Campo Lameiro, Moraña, Cuntis

142 cm

2974

Permiso de investigación

Granito ornamental

Coto Agudo

Ponte Caldelas, Soutomaior

5 cm

2985

Permiso de investigación

Oro, plata y metales afines

Tracia

Cuntis, Caldas de Reis, Valga,

A Estrada

117 cm

2986

Permiso de investigación

Granito ornamental

A Costa

Dozón

4 cm

2987

Permiso de investigación

Granito ornamental

Campo de Vide

Ponteareas

2 cm

2990

Permiso de investigación

Granito ornamental

San Ramón

Lalín

1 cm

2991

Permiso de investigación

Granito ornamental

Rebón

Moraña, Barro

10 cm

2998

Permiso de investigación

Granito ornamental

Os Picos

Mondariz, Fornelos de Montes, Pazos de Borbén

14 cm

3001

Permiso de investigación

Granito ornamental

Golada

Agolada (PO), Antas de Ulla (LU)

10 cm

3007.2

Permiso de investigación

Granito ornamental

Cloe

Fornelos de Montes

9 cm

3010

Permiso de investigación

Granito ornamental

Corvos

Fornelos de Montes, Mondariz

3 cm

3014

Permiso de investigación

Granito ornamental

Os Pedrouzos

Vilaboa, Moaña

14 cm

3016

Permiso de investigación

Granito ornamental

Gándara

Ponteareas, Salceda de Caselas

2 cm

3017

Permiso de investigación

Granito ornamental

As Regas

Ponteareas, Mondariz

2 cm

3024

Permiso de investigación

Granito ornamental

Porto

Ponte Caldelas, Cotobade

6 cm

3025

Permiso de investigación

Granito ornamental

Lamas

A Lama, Fornelos de Montes

19 cm

3026

Permiso de investigación

Granito ornamental

Anxeo

A Lama

19 cm

3027

Permiso de investigación

Granito ornamental

Longo

Fornelos de Montes, Covelo

14 cm

3029

Permiso de investigación

Granito ornamental

Airoa

Fornelos de Montes

16 cm

3040

Permiso de investigación

Granito ornamental

Piedra Morena

Fornelos de Montes

4 cm

3058

Permiso de investigación

Granito ornamental

Pé da Múa

Cotobade, Ponte Caldelas

14 cm

3060

Permiso de investigación

Granito ornamental

Estacas

Fornelos de Montes

9 cm

3063

Permiso de investigación

Granito ornamental

Porto II

Cotobade, Ponte Caldelas

17 cm

3064

Permiso de investigación

Sección C)

Portela

Forcarei

4 cm

3071

Permiso de investigación

Granito ornamental

Miñán

Marín

9 cm

3074

Permiso de investigación

Granito ornamental

Peiral

Ponte Caldelas, Cotobade

25 cm

3075

Permiso de investigación

Granito ornamental

Aranda

Fornelos de Montes, Covelo

24 cm

3077

Permiso de investigación

Granito ornamental

Casal

Pazos de Borbén, Ponteareas

14 cm

3079

Permiso de investigación

Granito ornamental

Covas

Cotobade

13 cm

3080

Permiso de investigación

Granito ornamental

Lousa

Cotobade

13 cm

3082

Permiso de investigación

Granito ornamental

Valiño

Arbo

16 cm

3093

Permiso de investigación

Granito ornamental

As Corvas

Cotobade, Cercedo

13 cm

3096

Permiso de investigación

Granito ornamental

Xavier

Forcarei

11 cm

3097

Permiso de investigación

Arcillas

Montefaro

Sanxenxo

5 cm

3102

Permiso de investigación

Granito ornamental

Monte Aberto

Ponteareas

4 cm

3106

Permiso de investigación

Granito ornamental

Gándara

Ponteareas, Salceda de Caselas

2 cm

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Anexo III

Tipo de derecho minero

Importe

Concesión directa de explotación

2.576,04 € por la primera cuadrícula y 110,39 € por cada una de las restantes.

Permiso de investigación

1.429,14 € por la primera cuadrícula y 71,45 € por cada una de las restantes.

Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012