María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 689/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alberto Balseiro Lamelas contra la empresa Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Proesga, S.L. (Arbitek), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Alberto Balseiro Lamelas contra Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., y su administración concursal y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., a que abone al demandante la cantidad de 2.308,64 euros, como indemnización (60 %) por despido objetivo no abonada.
Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a la Empresa Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Proesga, S.L. (Arbitex), en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente edicto.
A Coruña, 22 de febrero de 2013
La secretaria judicial