El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 14 de septiembre de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«21. Aceptar la ampliación de delegaciones de competencias tributarias del Ayuntamiento de Cariño en materia de gestión, inspección y recaudación de la tasa por la utilización privativa y aprovechamiento especial constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de vías públicas.
Aceptar la ampliación de las competencias delegadas en materia tributaria acordada por el Ayuntamiento de Cariño en relación con la siguiente materia:
• Gestión, inspección y recaudación voluntaria y ejecutiva de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de vías públicas a favor de empresas explotadoras de servicios de suministro de interés general. La gestión objeto de delegación afectará tanto al supuesto general del artículo 24 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, basado en el 1,5 % de los ingresos brutos obtenidos en el término municipal, como al supuesto especial de telefonía móvil.
El ejercicio de las competencias delegadas objeto de aceptación se llevará a cabo en los términos establecidos en las bases para la prestación de los servicios tributarios a los ayuntamientos de la provincia y tendrá efectos desde el día en que se publique este acuerdo en el Boletín Oficial de la provincia conforme a lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo».
Lo que se hace público para general conocimiento.
A Coruña, 18 de febrero de 2013
María Padín Fernández José Luis Almau Supervía
El presidente/PDFR 5.8.2011/ Secretario de la Diputación
La vicepresidenta Provincial de A Coruña

