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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Viernes, 26 de abril de 2013 Pág. 13164

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Primera)

EDICTO (563/2012).

María Jesús Prieto Toranzo, secretaria judicial de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, certifico:

Que en el rollo civil nº 563/2012, dimanante del procedimiento ordinario número 121/2011, procedente del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, ha recaído sentencia del tenor literal siguiente:

«La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, compuesta por los magistrados:

Francisco Javier Menéndez Estébanez.

María Begoña Rodríguez González.

Jacinto José Pérez Benítez.

Ha dictado en nombre del rey la siguiente

Sentencia número 580.

En Pontevedra a catorce de noviembre de dos mil doce.

Visto en grado de apelación ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, los autos de procedimiento ordinario 121/2011, procedentes del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, a los que ha correspondido el rollo número 563/2012, en los que aparece como parte apelante-demandado: Pedro Miguel da Costa Rodríguez, representado por el procurador Senén Soto Santiago, y asistido por el letrado Ernesto de Gregorio Quesada, y como parte apelado-demandante: STEN, S.A., representada por el procurador Francisco Javier Almón Cerdeira, y asistido por la letrada Laura Burgos González; demandados: José País dos Santos, Nuno Miguel Silva Vaz, no personado en esta alzada, y siendo ponente el magistrado Jacinto José Pérez Benítez, quien expresa el parecer de la sala.

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos.

Fallamos:

Que ha lugar a admitir el recurso de apelación deducido por la representación procesal de Pedro Miguel da Costa Rodrigues, y en su consecuencia anulamos la sentencia de fecha 31 de enero de 2012, con reposición de las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la diligencia de 12 de enero de 2012, a fin de que el juzgado proceda a emplazar al codemandado Pedro Miguel da Costa Rodrigues.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Siguen las rúbricas. Certifico».

Lo insertado concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito en caso necesario, para que así conste y se remita al Diario Oficial de Galicia, para que sirva de notificación a José País dos Santos y Nuno Miguel Silva Vaz, extiendo y firmo el presente.

Pontevedra, 15 de enero de 2013

Mª Jesús Prieto Toranzo
Secretaria judicial