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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Martes, 21 de mayo de 2013 Pág. 17619

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (422/2010).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento demanda 422/2010, de este juzgado de lo social, seguido a instancias de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa María José Ferrer Tasende, Carlos Campo Ferrer, Raquel María Campo Ferrer, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Luisa Iglesias González, Tesorería General de la Seguridad Social, sobre seguridad social, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 19 de abril de 2013.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre determinación de contingencia 422/2010, siendo demandante la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, con la representación de la letrada Sra. Llan Lodos, y demandados María José Ferrer Tasende, Carlos Campo Ferrer y Raquel María Campo Ferrer, representados por el letrado Sr. Vázquez Pérez-Coleman, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la representación de la letrada de la Administración de la Seguridad Social Sra. García Sánchez, y los herederos de la empresa Luisa Iglesias González.

Dispongo que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por parte de Mutua Gallega de Accidentes de trabajo contra María José Ferrer Tasende, Carlos Campo Ferrer y Raquel María Campo Ferrer, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y contra la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como contra los herederos de la empresa Luisa Iglesias González y, en consecuencia, absuelvo a los demandados de cuantas pretensiones se habían ejercitado en su contra en méritos del presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a los herederos de Luisa Iglesias González, en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 19 de abril de 2013

La secretaria judicial