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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Martes, 21 de mayo de 2013 Pág. 17398

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2013 por la que se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a proyectos de energías renovables, con financiación procedente de fondos comunitarios derivados del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013, incluidos en la convocatoria efectuada mediante Resolución de 9 de abril de 2013 (DOG núm. 76, de 16 de abril).

Antecedentes.

1. En la referida Resolución de 9 de abril de 2013, por la que se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para este ejercicio a proyectos de energías renovables (en adelante, bases reguladoras), se establece la posibilidad de solicitar ayudas en las siguientes tecnologías previstas en su anexo I:

Concepto

Código

procedimiento

Energía solar térmica

IN421A

Energía solar fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas aisladas

IN421B

Energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas

IN421C

Calderas de biomasa

IN421D

2. Teniendo en cuenta el carácter dinámico que se le otorga al procedimiento administrativo de concesión, una vez confirmada la reserva de fondos y la posterior presentación en plazo de las solicitudes ya formalizadas, se verificó que tanto su documentación como los proyectos técnicos cumplen con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Consideraciones legales.

1. El Departamento de Secretaría y Servicios Generales del Instituto Energético de Galicia será el órgano competente para la instrucción del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones, y corresponde al director de este organismo dictar las diferentes resoluciones que se deriven del mismo (artículo 12.1º de las bases reguladoras).

2. Todas las resoluciones serán notificadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Con carácter general, no se enviarán notificaciones postales y, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6º b) de la indicada ley, en el caso de las resoluciones de concesión se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Inega (www.inega.es). En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, los beneficiarios, las cantidades concedidas y la finalidad de las subvenciones otorgadas. Con la publicación en el DOG se remitirá a los beneficiarios a que consulten la información detallada de la resolución a través del tablón electrónico de anuncios habilitado a estos efectos en la referida página web.

3. La concesión de las subvenciones se efectuará respetando el orden riguroso de la reserva de fondos realizada a través de la aplicación informática, y después de presentar la solicitud y la totalidad de la documentación administrativa y técnica prevista en el artículo 7.5º de las bases reguladoras, sin perjuicio de la posterior revisión por la comisión técnica de tales documentos, que podría dar lugar, en su caso, a la modificación de la ayuda en la resolución de concesión (artículos 7.1º a) y 10 de las bases reguladoras).

4. En este procedimiento solo se tienen en cuenta aquellos hechos, alegaciones o pruebas aducidos por los propios interesados.

5. Para determinar el importe de la inversión subvencionada o coste elegible y fijar la cuantía máxima de ayuda, se atendió a los criterios recogidos en el anexo I de las bases reguladoras («Normas por tecnología aplicada»).

6. Salvo en aquellos supuestos en que los beneficiarios son particulares o instituciones que no desarrollan actividades económicas que repercutan en terceros, se estuvo a los dispuesto en el artículo 23 y concordantes del Reglamento (CE) número 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE (DOUE L 214, de 9.8.2008), concretamente para la siguiente categoría exenta: Ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente destinadas a la promoción de energía procedente de fuentes de energía renovables.

De acuerdo con todo lo anterior, y dentro del plazo previsto en el artículo 13 de las bases reguladoras, esta dirección

RESUELVE:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las ayudas concedidas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.A2.733A.781.7/08.A2.733A.781.8/08.A2.733A.771.8 y 08.A2.733A.781.1, en las distintas tipologías que aparecen recogidas en el anexo de esta resolución.

Segundo. Todos los beneficiarios podrán obtener la información detallada de los requisitos de la subvención concedida, accediendo al tablón electrónico a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas con el usuario y contraseña del solicitante, desde la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), en el apartado «Ayudas a instalaciones energías renovables 2013».

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de las bases reguladoras, si transcurriesen diez (10) días hábiles desde la publicación de esta resolución en el DOG sin que los interesados que figuran en el anexo comunicasen expresamente su renuncia a la subvención, se entenderá que aceptan, y desde ese momento adquirirán la condición de beneficiarios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Potestativamente, y con carácter previo, se puede interponer recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un (1) mes contado del mismo modo, tal y como disponen los artículos 116 y117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2013

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia

ANEXO
Subvenciones concedidas

IN421A – Grupo I: energía solar térmica (eje 4, medida 40).

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.7.

Código
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421A/13R19

H15088081

Comunidad de Propietarios

23.784,30

7.003,80

IN421A/13R52

44820782S

Maximino Tuñas da Silva

5.425,60

1.350,00

IN421A/13R62

52455914K

José Manuel Rama Pérez

5.206,05

1.105,61

IN421A/13R82

35570233C

Roberto Lemos Fernández

5.155,00

732,28

IN421A/13R84

33159891D

Enrique Sánchez Segade

5.144,29

900,00

IN421A/13R88

76968252V

María Jessica Rivas González

5.193,00

891,94

IN421A/13R121

35551800X

Manuel Míguez Gómez

5.664,00

808,25

IN421A/13R126

32426969M

Antonio García Castro

3.264,00

1.265,58

IN421A/13R127

35414258P

Manuel Eiras Iglesias

2.679,00

445,95

IN421A/13R138

76360392R

José María Viaño Fraga

3.580,00

1.800,00

IN421A/13R204

34549281S

José Benito González Nogueira

4.180,00

779,53

IN421C – Grupo III: energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas (eje 4, medida 40).

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.8.

Código
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421C/13R3

71726925E

Francisco Javier Mendes Lorences

9.280,00

2.352,00

IN421C/13R21

32626573S

Manuel Landrove Prada

1.644,63

414,00

IN421C/13R37

32379217R

María Manuela Rodríguez Villamisar

5.295,00

1.764,00

IN421C/13R108

15939896E

José Boo Aguiar

11.516,00

5.616,00

IN421C/13R118

36106721X

Israel Fernández-Alvariño Delgado

1.200,00

288,00

IN421C/13R136

36053647C

José Benito González Muíños

7.853,00

2.352,00

IN421C – Grupo III: energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas (eje 4, medida 40).

Beneficiarios: empresas privadas.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.771.8.

Código
solicitud

CIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421C/13R7

B15873193

Remuíño Servicios XXI, S.L.

18.666,34

6.336,00

IN421C/13R23

B27275189

Atilano Anllo, S.L.

39.000,00

15.120,00

IN421C/13R24

B36020972

Invernosa, S.L.

18.967,00

5.880,00

IN421C/13R28

B36497220

Granxas Porcinas Agromoscoso, S.L.

24.500,00

6.900,00

IN421D – Grupo IV: calderas de biomasa (eje 4, medida 41).

Beneficiarios: Familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.1.

Código
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421D/13R1

53165203J

José Alonso Pou

6.160,00

1.494,00

IN421D/13R15

76391476N

Adela Jarel Montero

5.962,70

1.190,00

IN421D/13R28

33211978R

Manuel Rial Nieto

5.457,26

2.100,00

IN421D/13R35

76365858Q

Dolores Canoura Leira

4.825,00

1.200,00

IN421D/13R37

33223604N

Manuel Rúa Quintela

6.000,00

1.680,00

IN421D/13R58

44818302L

Alberto Martínez Rico

9.665,00

1.200,00

IN421D/13R68

34121250Z

Antonio Vega Casar

3.105,00

750,00

IN421D/13R71

33275680Q

José Luis Caneda Freire

6.457,26

2.100,00

IN421D/13R76

35129647E

Carmen Pintos Castro

4.585,00

1.992,00

IN421D/13R78

35420834Y

María del Carmen Barrio Abal

5.548,00

2.500,00

IN421D/13R80

44455895T

Óscar Barba Seara

4.000,00

1.992,00

IN421D/13R85

34958106S

Marcos Cacharron Mojon

9.600,00

2.490,00

IN421D/13R97

79330686Y

Elisabet Hermida Otero

9.200,29

2.100,00

IN421D/13R100

33252870E

Inés Otero Martínez

11.080,98

1.500,00

IN421D/13R101

44455895T

Óscar Barba Seara

3.700,00

1.053,00

IN421D/13R110

76785266L

Jesús Villamayor Guerra

14.840,00

7.440,00

IN421D/13R120

76699746J

Manuel Folla Gómez

8.706,00

2.000,00

IN421D/13R132

76997153F

Juan Carlos Rivera Couñago

4.805,00

1.494,00

IN421D/13R134

33251429F

Beatriz Nogueira Castro

10.349,91

2.100,00

IN421D/13R152

33212658Z

María Rosina Acuña Castroviejo

6.411,98

2.868,00

IN421D/13R153

33324831Q

Fermín Lamazares Carregal

5.624,00

1.992,00

IN421D/13R155

32608747Z

Enrique Agustín Borrajo Castanedo

6.400,00

2.100,00

IN421D/13R162

44436810M

Alberto Losada Acosta

8.185,15

1.600,00

IN421D/13R164

32676883R

Lorenzo Manuel Paz Ladra

10.805,00

1.860,00

IN421D/13R176

76580182A

Virginia López Conde

3.013,00

1.027,47

IN421D/13R177

44828651H

Rocío Lemos Albor

11.417,00

1.600,00

IN421D/13R179

76866305Y

María Noemi Agrasar Folgar

7.576,92

1.200,00

IN421D/13R191

33240002B

José Manuel López Vidal

3.150,00

1.203,47

IN421D/13R197

33324395V

Carlos Rigueira García

11.515,00

1.596,00

IN421D/13R207

44820782S

Maximino Tuñas da Silva

9.354,00

960,00

IN421D/13R217

44805325Z

Carlos Couso García

3.575,00

1.020,00

IN421D/13R220

34224525L

María Virginia Esperanza Fernández Carballo

3.542,00

1.020,00

IN421D/13R222

78793489C

Silvia Fernández García

5.230,00

1.200,00

IN421D/13R223

33297916B

Mercedes Rico Munin

803.744,00

1.000,00

IN421D/13R238

33788986P

Manuel Osorio González

3.770,00

1.510,00

IN421D/13R241

76618048B

Sara Varela Fernández

2.944,00

973,21

IN421D/13R248

33204622M

José Manuel de la Fuente Sánchez

4.138,54

1.200,00

IN421D/13R268

44821297R

Víctor Manuel Ríos Dafonte

4.016,59

650,00

IN421D/13R272

34267713J

María Concepción González Pereira

3.360,00

1.020,00

IN421D/13R276

35555999T

José María Ramos Álvarez

4.952,00

1.250,00

IN421D/13R277

33345921S

Balbino Castro Gegunde

3.760,00

1.510,00

IN421D/13R291

33324355T

María Begoña García Taboada

3.393,00

1.020,00

IN421D/13R296

33808316H

María del Pilar López López

5.728,00

1.992,00

IN421D/13R297

32650976S

Manuel Beceiro Couce

4.969,00

1.320,00

IN421D/13R298

33178723G

Erminda Suárez Casal

6.019,08

1.200,00

IN421D/13R307

36166396T

Alejandra Beltrán Quiroga

3.790,00

1.250,00

IN421D/13R310

34031977G

Francisco Sánchez Espinosa

3.425,00

1.020,00

IN421D/13R316

33198023F

Juan Botana Granja

10.410,00

1.800,00

IN421D/13R339

35563466S

José Lorenzo Gómez

9.314,00

1.550,00

IN421D/13R341

33296603D

Juan Manuel Ferreiro Iglesias

7.695,00

1.320,00

IN421D/13R347

32825708Q

Antonio García Botana

2.850,00

967,52

IN421D/13R356

76547284H

Fernando Leiro Soengas

3.444,00

1.020,00

IN421D/13R361

35570233C

Roberto Lemos Fernández

3.440,00

908,31

IN421D/13R369

35570609M

Víctor Manuel Martínez Rodríguez

3.440,00

908,31

IN421D/13R375

33653224S

Arcadio Logilde Pena

5.652,00

1.992,00

IN421D/13R391

35551787C

Manuel Rodríguez Vila

4.952,00

1.250,00

IN421D/13R429

44087640K

Alberto Tomé Tomé

5.800,00

1.740,00

IN421D/13R433

76968252V

María Jessica Rivas González

11.470,00

1.860,00

IN421D/13R520

35522966H

Francisco Eiras Troncoso

5.130,00

1.800,00

IN421D/13R545

76368975M

Jaime Suárez Serrano

3.995,00

1.458,00

IN421D/13R552

78794233M

Genma Taboada Sánchez

10.045,00

1.600,00

IN421D/13R567

34728981Q

Antonio Otero Martínez

11.576,00

2.500,00

IN421D/13R588

34896003N

Carlos Suárez Vicente

9.517,32

2.480,00

IN421D/13R817

36114205L

Ana Rodríguez Gómez

6.530,00

1.500,00