El Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general sobre la producción de simientes y plantas de vivero, en su redacción dada por el Decreto 646/1986, de 21 de marzo, establece que la producción de patata de siembra se hará en zonas geográficas autorizadas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Anualmente se publicará en el DOG la relación de localidades autorizadas para la producción de patata de siembra en la campaña, dentro de las zonas autorizadas, entendiéndose que de no hacerse continuará en vigor la publicación del año anterior.
De acuerdo con el informe del Servicio de Sanidad y Producción Vegetal, relativo a las localidades de la Comunidad Autónoma para la producción de patata de siembra,
RESUELVO:
Autorizar la zona de Grixoa en el ayuntamiento de Viana do Bolo, Ourense, para la producción de patata de siembra en la campaña 2013/14.
Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2013
Patricia Ulloa Alonso
Directora general de Producción Agropecuaria