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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Viernes, 19 de julio de 2013 Pág. 28715

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 2 de julio de 2013 por la que se extingue la autorización del centro privado Caixa Galicia, del municipio de Monforte de Lemos, por cese de actividades docentes.

La titularidad del centro privado Caixa Galicia, del municipio de Monforte de Lemos, solicita la extinción de la autorización por cese de actividades.

De conformidad con el convenio firmado entre la Consellería de Educación y Cultura y la Caixa de Aforros de Galicia el día 20 de marzo de 1984, la Caixa le cedió a la Consellería, para fines exclusivamente educativos, por un período máximo de 30 anos, las instalaciones del centro educativo a que se refiere la presente orden, sujeto a un régimen especial. Así mismo, la Consellería nombró al profesorado del centro educativo.

El expediente se tramita de conformidad con el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla.

Por esto, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Extinguir de conformidad con el artículo 17.1 del Decreto 133/1995, por cese en sus actividades docentes, a instancia de la titularidad del centro, la autorización del centro privado Caixa Galicia, del municipio de Monforte de Lemos, código 27014781, con efectos del 31 de agosto de 2013.

Segundo. La presente extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria.

Tercero. Las funcionarias del cuerpo de maestros al servicio de la Comunidad Autónoma de Galicia destinadas en el centro al que se refiere esta orden, se adscribirán a un nuevo puesto de trabajo docente, de conformidad con lo previsto en el Decreto 140/2006, de 31 de agosto, por el que se determinan los criterios de pérdida de destino definitivo por las funcionarias y funcionarios docentes que prestan servicios en los centros educativos que imparten enseñanzas distintas de las universitarias (DOG número 169, de 1 de septiembre).

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 2 de julio de 2013

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria