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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Lunes, 12 de agosto de 2013 Pág. 32501

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 24 de julio de 2013 por la que se clasifica de interés para el fomento de la economía social y desarrollo de la economía productiva de Galicia en el sector de la pesca a la Fundación Rendemento Económico Mínimo Sostible e Social (FREMSS).

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Rendemento Económico Mínimo Sostible e Social (FREMSS) con domicilio en la lonja de A Coruña, muelle de Linares Rivas.

Hechos:

1. Severino Ares Lago, presidente del patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Rendemento Económico Mínimo Sostible e Social (FREMSS) fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña, el 30 de enero de 2013, ante el notario José Guillermo Rodicio Rodicio, con número de protocolo 143, por Severino Ángel Ares Lago, actuando en representación de la entidad mercantil Lonja de La Coruña, S.A.

Esta escritura fue corregida por otra otorgada también en A Coruña el 27 de junio de 2013, ante el mismo notario, con número de protocolo 858.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la fundación tiene por objeto: el fomento de la economía social y desarrollo de la economía productiva de Galicia en el sector pesquero; trabajar en el ámbito de la pesca en general y en los aspectos estructurales o políticos, medioambientales y sostenibles, en los innovadores o competitivos, en los sociales y socioeconómicos, en la formación y capacitación, para alcanzar el desarrollo económico y social de nuestras entidades, de nuestras empresas, de nuestra sociedad y de nuestra economía.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por la Asociación de Armadores de Buques Pescagalicia-Arpega-O Barco, representada por Severino Ares Lago como presidente; y la Organización de Buques Arrastreros Coruñeses, representada por Torcuato Teixeira Valoria; la Asociación local de empresarios mayoristas exportadores de pescados y mariscos de La Coruña, representada por Alejandro Corredoira Isasi; la Asociación de subastadores de pescados y mariscos del puerto de La Coruña, representada por Sonia Revert López; la Asociación local de armadores de pesca del norte, representada por Manuel Otero Eijo; la Organización de productores de pesca fresca del puerto de La Coruña, representada por Francisco Etchever Lemus; el alcalde presidente del Ayuntamiento de A Coruña, Carlos Negreira Souto; a conselleira de la Consellería del Medio Rural y del Mar, Rosa Quintana Carballo; el presidente de la Autoridad Portuaria de A Coruña, Enrique Losada Rodríguez; y el rector de la Universidad de A Coruña, Xosé Luís Armesto Barbeito como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las Consellerías eleva al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés para el fomento de la economía social y desarrollo de la economía productiva de Galicia en el sector de la pesca de la Fundación Rendemento Económico Mínimo Sostible e Social (FREMSS), en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según la propuesta de la Comisión de Secretarios Generales, procede su clasificación como de interés para el fomento de la economía social y desarrollo de la economía productiva de Galicia en el sector de la pesca y su adscripción a la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la fundación cumple los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 19 de julio de 2013.

DISPONGO:

Clasificar de interés para el fomento de la economía social y desarrollo de la economía productiva de Galicia en el sector de la pesca la Fundación Rendemento Económico Mínimo Sostible e Social (FREMSS), adscribiéndola al protectorado de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2013

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia