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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Miércoles, 18 de septiembre de 2013 Pág. 36822

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

DECRETO 145/2013, de 5 de septiembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción: actualización y terminación de las obras de acceso al puerto de Burela (clave LU/06/048.03.1).

Con fecha de 21 de julio de 2011 la directora general de Infraestructuras, por delegación del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (Orden de 9 de julio de 2009, DOG de 16 de julio), resolvió aprobar definitivamente el proyecto de construcción: actualización y terminación de las obras de acceso al puerto de Burela (clave LU/06/048.03.1).

La actuación resulta necesaria para habilitar un nuevo viario que permita la canalización del tráfico rodado derivado de la actividad que produce el puerto de Burela, facilitando y agilizando el tráfico de vehículos pesados generado por aquél y reduciendo los riesgos para la seguridad vial, así como los impactos ambientales que produce el paso de ese tipo de vehículos por el centro urbano.

Por otra parte, la urgencia de ejecutar las obras contenidas en el proyecto viene derivada también del hecho de que las obras de acceso al puerto de Burela (clave LU/06/048.03) ya fueron iniciadas en el año 2007, con base en un convenio entre la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras y Puertos de Galicia, pero fueron paralizadas en 2008 por una serie de condicionantes técnicos y jurídicos, llegando a perder vigencia el convenio antes de su reanudación, lo que conllevó la resolución del contrato de las obras sin haberse llegado a completar aquéllas.

Estas circunstancias obligan a una inmediata actuación de los poderes públicos para hacer frente a los problemas de seguridad vial e impacto ambiental generados por el tráfico con origen y destino en el puerto de Burela. De ahí la necesidad de proceder de forma inmediata a la ejecución del proyecto de referencia y, consecuentemente, a una urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios, los cuales aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.

De conformidad con el artículo 16 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, la aprobación de los proyectos de carreteras de titularidad autonómica implicará la declaración de utilidad pública y de la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos correspondientes a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.

La competencia para declarar la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia a tenor de lo previsto en el artículo 2 del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día cinco de septiembre de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo único. Declarar la utilidad pública y la urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción: actualización y terminación de las obras de acceso al puerto de Burela (clave LU/06/048.03.1).

Santiago de Compostela, cinco de septiembre de dos mil trece

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras