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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Viernes, 18 de octubre de 2013 Pág. 41362

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 10 de octubre de 2013 por la que se incrementa la dotación presupuestaria de la Orden de 1 de febrero de 2013, por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2013.

La Orden de la Consellería del Medio Rural y del Mar de 1 de febrero de 2013 (DOG núm. 25, de 5 de febrero) regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión, para el año 2013, de las ayudas previstas dentro del régimen de pago único y de otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y ganadería, y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2013.

En su disposición adicional primera, apartado 1, se precisan las aplicacións presupuestarias y el importe económico previsto para la financiación de dichas ayudas y, en su apartado 4, se señala que las dotaciones iniciales se podrán incrementar, si fuese procedente, con otros fondos del Feaga y del Feader, de los presupuestos generales del Estado y de la Comunidad Aútónoma.

Con la finalidad de poder amparar todas las solicitudes de las ayudas especificadas en el título III, capítulo II, Indemnización compensatoria, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y gestionadas por el Fondo Gallego de Garantía Agraria, y puesto que la dotación existente en la orden resulta insuficiente, la Consellería de Hacienda autorizó el correspondiente expediente de ampliación de crédito, procede mediante esta orden incrementar la dotación presupuestaria consignada para la concesión de las mencionadas ayudas.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia,

DISPONGO:

Artículo único

1. La dotación presupuestaria prevista para las ayudas especificadas en el título III de la Orden de 1 de febrero de 2013 (DOG nº 25, de 5 de febrero), conforme a la disposición adicional primera, párrafo 1, letra b) de dicha orden, se incrementa en el importe de 1.264.930,77 euros, y con cargo a la aplicación 12.80.712B.772.1, Indemnizaciones compensatorias, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2013, por lo que el importe total para las ayudas de este apartado y de esta aplicación presupuestaria, después de este incremento, es de 10.369.930,77 euros.

2. En todo caso, la concesión de las ayudas reguladas en dicha orden estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

Disposición adicional única

El incremento de crédito previsto en el artículo único de esta orden no afectará al plazo de presentación de solicitudes establecido en la mencionada Orden de 1 de febrero de 2013 (DOG núm. 25, de 5 de febrero).

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2013

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar