Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Lunes, 11 de noviembre de 2013 Pág. 43841

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2013 por la que se convoca un curso de control y extinción de incendios industriales.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realicen alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de personas, de los bienes y del medio ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.

Por Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga), donde se establece la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia, derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Dentro de las actividades programadas para el año 2013, y conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria de un curso de control y extinción de incendios industriales, de una edición y conforme a las siguientes bases:

1. Datos de la actividad.

Tipo:

curso

Denominación:

control y extinción de incendios industriales

Modalidad:

presencial

Ediciones:

1

Horas lectivas:

25

Plazas por edición:

20

2. Objetivos y contenido.

Objetivo:

Adquirir los conocimientos prácticos sobre técnicas y procedimientos de actuación y las destrezas necesarias para la extinción de incendios industriales, bajo las más estrictas normas de seguridad.

Contenido práctico (25 horas):

Módulo 1: operaciones de salvamento.

1. Señalización y desarrollo de operaciones.

2. Práctica de acotamiento de zonas de rescate. Protocolos de actuación.

Módulo 2: control y extinción de incendios.

1. Montaje de líneas de agua desde hidrantes, bocas de riego y bocas de incendio equipadas.

2. Práctica de explosión de polvo en simulador de laboratorio.

3. Extinción con distintos extintores de polvo ABC y CO2.

a) Extinción en bandeja de combustible tipo B.

b) Extinción en bandeja con obstáculo de combustible tipo B.

c) Extinción en cuadro eléctrico con CO2.

d) Extinción en bandeja a dos niveles.

4. Montaje de líneas de espuma para extinción en balsa de gran tamaño con espuma de media expansión.

5. Utilización de Propak como elemento de extinción en volúmenes pequeños.

6. Intervención en zona de carga y descarga de combustibles.

Módulo formativo 3: fenómenos naturales y antrópicos.

1. Siniestro con cisterna que transporta GLP. Técnicas para evitar la BLEVE.

2. Incendio en andén industrial a dos niveles. Fuego de tipos varios.

Módulo formativo 4: operaciones de ayudas técnicas.

1. Incendio en depósito de combustible.

2. Montaje de líneas de espuma para la extinción en tanque de almacenamiento con espuma de baja expansión.

3. Destinatarios/as y requisitos de participación.

Destinatarios/as: el curso va dirigido a profesionales de los servicios de extinción de incendios y salvamento (bomberos municipales y de consorcios).

Este personal forma parte del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia).

Requisitos de participación: en caso de ser requeridos por la Agasp, los/las solicitantes deberán acreditar su categoría profesional el primer día del curso mediante un certificado de su jefatura de personal.

4. Desarrollo de la actividad.

Lugar: Centro de Formación Integral de Emergencias de la empresa Seganosa (Alxén, s/n, Salvaterra de Miño, Pontevedra).

Horario: de 9.00 a 14.00 horas y de 15.30 a 19.00 horas (3 jornadas).

Fechas: de 11 a 13 de diciembre.

Normas de comportamiento: no se permitirá que el alumnado realice fotografías o cualquier tipo de grabación audiovisual del desarrollo del curso.

5. Inscripción.

a) El personal que desee participar en el curso convocado en esta resolución deberá inscribirse en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.es

No se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

b) Con carácter previo a la inscripción es necesario darse de alta como usuario de la página web de la Agasp. En este alta previa es imprescindible facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) El plazo de inscripción es de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

La inscripción podrá realizarse hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado al mismo mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con suficiente antelación para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información, podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38, del fax: 886 20 61 23 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

e) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

6. Criterios de selección del alumnado participante.

En la selección tendrán preferencia:

1. Los solicitantes que tengan un mayor rango jerárquico.

2. Los solicitantes que tengan menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años.

Se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. De no existir suficientes solicitudes de participación de mujeres, las plazas sobrantes acrecentarán las del turno general.

7. Publicación de las relaciones del personal seleccionado.

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, para una mayor difusión, serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comunicaran su imposibilidad de asistencia con por lo menos 48 horas de antelación al comienzo de ésta. Dicha renuncia deberá comunicarse por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formación.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

8. Derechos y deberes del alumnado participante.

Durante el desarrollo de la actividad le será de aplicación al alumnado, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

9. Faltas de asistencia.

El Reglamento de régimen interior de la Agasp, mencionado en la base núm. 8 de esta convocatoria, regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente, penalizándose de forma disciplinaria, en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación, será declarado no apto y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y sólo en los casos en que la no asistencia a clases estuviera motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, la Dirección General podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. Mientras, aunque las ausencias acumuladas no llegaran al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá a la Dirección General el número de horas que se van a recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como su número total y el comportamiento y actitud de la/del alumna/o a lo largo del curso.

10. Certificado de aprovechamiento.

Al finalizar la actividad se les entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la prueba final.

11. Facultades de la Agasp.

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir el curso, ampliar nuevas ediciones del mismo o suspenderlo temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

A Estrada, 28 de octubre de 2013

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública