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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miércoles, 27 de noviembre de 2013 Pág. 45996

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 13 de noviembre de 2013 por la que se acuerda la cesión en propiedad a diversas cofradías de pescadores de Galicia de determinados bienes muebles patrimoniales adscritos a esta consellería.

El Decreto 46/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Mar y del Fondo Gallego de Garantía Agraria, dispone que ésta es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma al cual le corresponde desarrollar las competencias y funciones en materia de ordenación pesquera en aguas interiores, marisqueo, acuicultura, cofradías de pescadores y demás organizaciones y asociaciones de profesionales del sector, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de autonomía de Galicia y según los términos señalados por la Constitución española.

La Ley 5/2011, de 30 de septiembre, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 82, permite la cesión de bienes muebles de la Comunidad Autónoma siempre que se dediquen a fines de utilidad pública o interés social, quedando obligado el cesionario a destinar los bienes al fin expresado en el correspondiente acuerdo.

La Ley 6/2009, de 11 de diciembre, de modificación de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, define a las cofradías de pescadores de Galicia como corporaciones de derecho público, sin ánimo de lucro, dotadas con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que actúan como órganos de consulta y colaboración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia en materias relativas a la actividad extractiva y a la ordenación del sector pesquero, y dispone que se regirán por su legislación específica.

Por otra parte, y teniendo en cuenta la sujeción de las cofradías de pescadores a la tutela de la Administración pública gallega, ejercida a través de esta consellería, y vistas sus peticiones, se hace preciso cederles en propiedad algunos bienes muebles adscritos a este organismo para ser destinados por esas corporaciones con fines de utilidad pública o interés social.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 27, números 15 y 29, del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1

Se acuerdan las cesiones en propiedad de los bienes muebles patrimoniales que se relacionan en el anexo de la presente orden a las cofradías de pescadores que figuran en dicho anexo.

Artículo 2

Las cesiones señaladas en el artículo anterior quedan sometidas a las siguientes cláusulas:

a) De conformidad con lo establecido por la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 82, los bienes cedidos se destinarán a fines de utilidad pública o interés social, concretamente, a la mejora de las condiciones técnicas a los cofrades y al sector.

b) Con la cesión se les otorga a las cofradías de pescadores enunciadas en el anexo la propiedad de los bienes muebles cedidos.

c) Correrán a cargo de las entidades cesionarias todos los gastos de conservación y mantenimiento de los bienes muebles cedidos.

d) Tanto si los bienes cedidos no se aplicaran a los fines señalados, como si se descuidara o se utilizara con grave quebrantamiento, o se incumplieran las condiciones del acuerdo, se considerará resuelta la cesión y los bienes revertirán a la Comunidad Autónoma de Galicia, que tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor del detrimento o deterioro que hubieran sufrido.

Artículo 3

Las cesiones se formalizarán mediante acta suscrita por el secretario general técnico de esta consellería, o funcionario/a en quien delegue, y en ella deberá constar el acuerdo de cesión y la aceptación del cesionario.

Artículo 4

Corresponde a la consellería competente en materia de patrimonio verificar la aplicación de los bienes muebles citados en el artículo 1 a los fines para los que son cedidos. Para esto podrá adoptar cuantas medidas sean necesarias.

Disposición final primera

La Consellería del Medio Rural y del Mar, a través de la Secretaría General Técnica, realizará los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en esta orden.

Disposición final segunda

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2013

Rosa Mª Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar

ANEXO

Cesiones en propiedad de equipamientos pesqueros a diversas cofradías de pescadores de Galicia acordadas por la Consellería del Medio Rural y del Mar.

1ª ficha de los bienes cedidos por la Consellería del Medio Rural y del Mar:

Cofradía de Pescadores de A Pobra do Caramiñal (A Coruña):

Equipamiento: una grúa hidráulica con freno y con rotor de giro continuo, con una cuchara bivalva para moluscos en acero inoxidable, situada en el puerto de A Pobra do Caramiñal, de las siguientes características:

Fabricante/marca: Fluidmecánica, S.A.

Modelo: G1400-CV20-2C.

Nº de fabricación: 8204.

Momento elevación: 13,7 t × m.

Máxima extensión: 9,15 m.

Carga a la máxima extensión 9,15 m horizontal: 1.400 kg.

Giro con doble cremallera: 390º.

Cabina para accionamiento a distancia de la grúa fabricada en acero inoxidable para ambiente marino. La cabina incorpora los mandos a distancia necesarios para realizar los movimientos de la grúa y un grupo motobomba compuesto por un motor auxiliar marca Hatz para el accionamiento hidráulico y generación de energía eléctrica de 75 CV a 3000 rpm, un conjunto de batería alternador para almacenamiento de energía eléctrica y una bomba hidráulica Sauer Danfoss.

Año de la adquisición: 2004.

Nº de expediente: 2003-12-01233.

2ª ficha de los bienes cedidos por la Consellería del Medio Rural y del Mar:

Cofradía de Pescadores de Ares (A Coruña).

Una grúa pluma de columna con giro de 360º, situada en el puerto de Ares, de las siguientes características:

Fabricante/marca: GH.

Modelo: GHD.

Nº de serie: 53514.

Capacidad de elevación: 8.000 kg.

Longitud de brazo giratorio: 6 m.

Altura bajo gancho: 7 m.

Recorrido total del gancho: 11 m.

Velocidad de elevación: 5 m/min.

Velocidad de dirección: 12 m/min.

Velocidad de giro: 1 v/min.

Mandos por medio de botonera de pulsadores.

Escaleras y accesos para mantenimiento.

Limitador de sobrecarga con tara regulable.

Cruceta con enganches variables y un juego de eslingas.

Año de la adquisición: 1997.

N° de expediente: 95-12-0934.

3ª ficha de los bienes cedidos por la Consellería del Medio Rural y del Mar:

Cofradía de Pescadores de Cariño (A Coruña).

Una grúa de columna pluma con giro de 360º, situada en el puerto de Cariño, de las siguientes características:

Fabricante/marca: GH.

Modelo: GHE.

Nº de serie: 57423.

Capacidad de elevación: 16.000 kg.

Longitud de brazo giratorio: 7 m.

Altura bajo gancho: 7 m.

Recorrido total del gancho: 12 m.

Velocidad de elevación: 4 m/min.

Velocidad de dirección: 20 m/min.

Velocidad de giro: 1 v/min.

Mandos por medio de botonera de pulsadores.

Escaleras y accesos para mantenimiento.

Limitador de sobrecarga.

Cruceta con enganches variables y un juego de eslingas.

Año de la adquisición: 1998.

Nº de expediente: 97-12-1683.

4ª ficha de los bienes cedidos por la Consellería del Medio Rural y del Mar:

Cofradía de Pescadores de Foz (Lugo).

Una grúa hidráulica, situada en el puerto de Foz, de las siguientes características:

Fabricante/marca: Guerra.

Modelo: MR500.45A1.

Nº de bastidor: C5524.

Cabrestante hidráulico con freno, modelo GBW-4100, nº 953044 con cable, limitador de tiro, final de carrera hidráulico a desenvolver, polea de reenvío 6.100-10.000 kg y contrapeso, instalado.

Central electrohidráulica CH-300P, con depósito inox. de 150 litros, motor eléctrico de 30 CV, bomba de pistones, campana y acoplamiento para bomba, filtros y nivel de aceite.

Distribuidor Danfoss eléctrico proporcional de 4 elementos.

Equipo de radio control con caja de conexiones, botonera y seta de emergencia, emisor nº 717-0710085 y receptor nº 717-0710086.

Báscula de peso inalámbrica, modelo LHS 125, nº BA53.5053-0167.

Estructura en cruz para eslingas, nº EP107001.

Juego de eslingas (2 unidades) para 6 toneladas y 14 metros.

Año de la adquisición: 2007.

Nº de expediente: 2007-14-00199.

5ª ficha de los bienes cedidos por la Consellería del Medio Rural y del Mar:

Cofradía de Pescadores de Laxe (A Coruña).

Una grúa pluma de columna con giro de 360º, situada en el puerto de Laxe, de las siguientes características:

Fabricante/marca: GH.

Modelo: GHE.

Nº de serie: 57239.

Capacidad de elevación: 16.000 kg.

Longitud de brazo giratorio: 7 m.

Altura bajo gancho: 7 m.

Recorrido total del gancho: 12 m.

Velocidad de elevación: 4 m/min.

Velocidad de dirección: 20 m/min.

Velocidad de giro: 1 v/min.

Mandos por medio de botonera de pulsadores.

Escaleras y accesos para mantenimiento.

Limitador de sobrecarga.

Cruceta con enganches variables y un juego de eslingas.

Año de la adquisición: 1998.

Nº de expediente: 97-12-1676

6ª ficha de los bienes cedidos por la Consellería del Medio Rural y del Mar:

Cofradía de Pescadores de Marín (Pontevedra).

Una grúa hidráulica con un grupo electrógeno estático insonorizado para dar electricidad, situada en el puerto de Marín, de las siguientes características:

Grúa hidráulica:

Fabricante/marca: Guerra.

Modelo: M380.24A2.

Nº de bastidor: C5522.

Cabrestante hidráulico con freno, modelo GLR-310, nº 911856 con cable, limitador de tiro, final de carrera hidráulico a desenvolver, polea cuádruple de reenvío 3.100-9.000 kg y contrapeso, instalado.

Central electrohidráulica CH-300P, con depósito inox. de 150 litros, motor eléctrico de 30 CV, bomba de pistones, campana y acoplamiento para bomba, filtros y nivel de aceite.

Distribuidor Danfoss eléctrico proporcional de 5 elementos.

Equipo de radio control con caja de conexiones, botonera y seta de emergencia, emisor nº 717-0710087 e receptor nº 717-0710088.

Báscula de peso inalámbrica, modelo LHS 125, nº 0AAA.5011-064A.

Estructura en cruz para eslingas, nº EP107003.

Juego de eslingas (2 unidades) para 6 toneladas y 14 metros.

Año adquisición: 2007.

Nº de expediente: 2007-14-00199.

Grupo electrógeno estático insonorizado para dar electricidad a la grúa hidráulica:

Fabricante/marca: Himoinsa.

Modelo: HYW35 T5 INS 32 kVA V400/50 HZ M1.

Bastidor: X1CH04478

Nº de serie: 007940.

Motor principal: Yanmar de 30,7 kW.

Funcionamiento a gasóleo.

Año de la adquisición: 2007.

Nº de expediente: 2007-14-01212.