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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Lunes, 30 de diciembre de 2013 Pág. 52439

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (426/2013).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento despido objetivo individual 426/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de María Victoria Vázquez Antúnez contra la empresa Gespalia, S.L., Concurlex Abogados, S.L.P. y Fogasa sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«1. Estimo la demanda sobre despido formulada a instancia de María Víctoria Vázquez Antúnez representada por la letrada Sra. Vila Amarelle, contra la entidad Gespalia, S.L. (en situación de concurso voluntario de acreedores, siendo administrados concursal, Concurlex Abogados, S.L.P.) y Fogasa, que no comparecen pese a estar debidamente citados, sobre despido objetivo y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, con condena de la empresa indicada a que readmita inmediatamente a la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación, calculados a razón de 15,17 euros/día desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente resolución, o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

Dicha opción deberá ejercitarse en 5 días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2. La indemnización, según lo dispuesto en el número anterior, sería de 7.710,15 euros.

3. No ha lugar a condenar en esta instancia al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad en los términos del artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gespalia, S.L., inserto el presente en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 9 de diciembre de 2013

La secretaria judicial