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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Jueves, 13 de marzo de 2014 Pág. 10907

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Innovación

CÉDULA de 26 de febrero de 2014 por la que se notifica el trámite de audiencia previo al inicio de la revocación correspondiente al expediente 09TAL009E, devuelto por el servicio de Correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), después de intentar sin éxito la comunicación del trámite de audiencia previo al inicio de la revocación correspondiente al expediente 09TAL009E en el último domicilio social conocido de la entidad Elaborados Gallegos, S.A., se procede a su notificación por medio de anuncio en el tablón del ayuntamiento del último domicilio social conocido y en el Diario Oficial de Galicia. En virtud de esto, se reproduce íntegramente el texto del trámite de audiencia:

«Código de proyecto: 09TAL009E.

Título: creación de productos de calidad a partir de subproductos derivados del pescado.

Entidad beneficiaria: Elaborados Gallegos, S.A.

Convocatoria: Orden de 24 de junio de 2009 (DOG de 6 de julio).

Resolución: 30 de noviembre de 2009 (DOG de 4 de diciembre).

Asunto: trámite de audiencia.

Con relación al proyecto indicado le comunico:

1. El artículo 61 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia establece:

Artículo 61. Pérdida del derecho al cobro de la subvención

1. Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 33 de la Ley de subvenciones de Galicia.

2. El procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho de cobro de la subvención será el establecido en el artículo 38 de la Ley de subvenciones de Galicia.

2. Con fecha 6 de agosto de 2009, la entidad Elaborados Gallegos, S.A. solicita ser beneficiaria de una subvención correspondiente a los programas sectoriales de investigación aplicada PEME I+D e I+D Suma del Plan gallego de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, cuyas bases de concesión se encuentran en la mencionada Orden de 24 de junio de 2009, para la realización del proyecto de creación de productos de calidad a partir de subproductos derivados del pescado (09TAL009E).

3. En la Resolución de 30 de noviembre de 2009 (DOG de 4 de diciembre) se concede a Elaborados Gallegos, S.A. una subvención para la realización del mencionado proyecto, tal y como se indica a continuación:

1ª anualidad

2ª anualidad

Total

9.768,56 €

25.719,19 €

35.487,75 €

4. Con fecha 15 de diciembre de 2009, Elaborados Gallegos, S.A. acepta la concesión de dicha subvención, por lo que se le hace ingreso del anticipo correspondiente a la primera anualidad del año 2009 de 9.768,56 €.

5. Con fecha 27 de marzo de 2010, Elaborados Gallegos, S.A. presenta la documentación justificativa del gasto realizado correspondiente a la anualidad 2009 del mencionado proyecto, siendo la documentación justificativa del gasto de esta anualidad comprobada correctamente.

6. Con fecha 31 de octubre de 2010, fecha límite de presentación de la documentación justificativa de la realización del gasto correspondiente a la segunda anualidad del año 2010, Elaborados Gallegos, S.A. no presenta la documentación justificativa del gasto realizado.

7. Con fecha 9 de diciembre de 2010 se remite a Elaborados Gallegos, S.A. el requerimiento para la subsanación de la documentación de justificación correspondiente a la anualidad 2010, concediéndole un plazo de diez días para la presentación de la documentación.

8. Transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, y tras varios intentos fallidos de comunicación telefónica, Elaborados Gallegos, S.A. no presenta la documentación requerida, entre la que se encuentra el informe final de resultados y la memoria en formato libre.

9. Teniendo en cuenta que la entidad no presentó la documentación justificativa completa y correcta de la subvención concedida dentro de los plazos establecidos y, consecuentemente, no se acreditó correctamente el cumplimiento de la finalidad que determinó su concesión, y no cumple la condición de beneficiario debido a que no se encuentra al corriente de sus obligaciones con el Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.2º e) de la Ley de subvenciones de Galicia, procede iniciar resolución de revocación de la subvención para dejar sin efecto la Resolución de 30 de noviembre de 2009 (DOG de 4 de diciembre) por la que se adjudican las subvenciones correspondientes a la tecnología de la alimentación de los programas sectoriales de investigación aplicada PEME I+D e I+D Suma del Plan gallego de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (Incite), convocadas en la Orden de 24 de junio de 2009 (DOG de 6 de julio) por la que se concedía una subvención de 35.487,75 € a la entidad Elaborados Gallegos, S.A. para la realización del proyecto de creación de productos de calidad a partir de subproductos derivados del pescado (09TAL009E). Tal hecho implica, en cumplimiento del artículo 21.1 de la mencionada Orden de 24 de junio, el reintegro por parte de la beneficiaria Elaborados Gallegos, S.A. de la cantidad que se le anticipó en concepto de pago de la subvención correspondiente a la anualidad 2009 del proyecto, que asciende a 9.768,56 €, más el importe correspondiente a los intereses de demora.

Por todo lo indicado anteriormente, antes de proceder a dictar la resolución de revocación, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 84.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le concede un plazo de 10 días hábiles para realizar las alegaciones que estime pertinentes.

Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2013. Benito Fernández Rodríguez, director del Área de Gestión.

Hay un sello que dice: Xunta de Galicia-Consellería de Economía e Industria-Agencia Gallega de Innovación».

Lo que se notifica por medio de anuncio para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2014

Manuel Varela Rey
Director de la Agencia Gallega de Innovación