Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 51 Viernes, 14 de marzo de 2014 Pág. 11154

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 4 de marzo de 2014 por la que se notifica el acuerdo de incoación del expediente de caducidad de la concesión administrativa otorgada por Resolución de 7 de octubre de 1994 a Hermanos Places, S.A. con destino a ampliación de industria de conservas de pescado y marisco en el puerto de Cabo de Cruz.

Con fecha de 11 de febrero de 2014, el presidente de Puertos de Galicia resuelve autorizar la incoación del expediente de caducidad de la concesión administrativa de referencia, y acuerda designar como instructor del expediente a Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, con domicilio a efectos del presente expediente en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, 15707 Santiago de Compostela. Su régimen de abstención y recusación es el consignado en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación del expediente de caducidad en el domicilio que consta en el expediente sito en el Puerto, s/n, 15939 Cabo de Cruz, Boiro, provincia de A Coruña, a través del servicio de Correos, y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, se notifica mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia y exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Boiro a la mercantil Hermanos Places, S.A., el presente acuerdo de incoación de expediente de caducidad de la concesión administrativa de referencia.

El expediente se incoa por falta de pago de la totalidad de las tasas relativas a la concesión correspondientes a los ejercicios de los años 2005 al 2013, lo que implica el incumplimiento de la condición general 17ª del título concesional y la concurrencia de la causa imperativa de caducidad prevista en la condición 18ª.

Contra el acuerdo de incoación se podrán formular alegaciones, para lo que se otorga a estos efectos un plazo máximo de 15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo en el Diario Oficial de Galicia y exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Boiro.

Al margen de lo que resulte de la instrucción del procedimiento en cuanto a otros motivos de caducidad que pudieran concurrir, el abono de las cantidades adeudadas antes de dictar resolución implicará el archivo del expediente en los que se refiere a este motivo concreto de caducidad.

El órgano competente para la resolución del expediente es el presidente de la entidad pública Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo cuarto de la Orden de 30 de marzo de 2012 de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Para su examen, el expediente completo se encuentra en las dependencias de los servicios centrales de Puertos de Galicia en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, 15707 Santiago de Compostela.

Y para que conste y sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.

Santiago de Compostela, 4 de marzo de 2014

Jesús Javier Fernández Barro
Instructor