Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Jueves, 5 de junio de 2014 Pág. 25558

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Cabana de Bergantiños (expediente IN407A 2011/154).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: modificado I de adecuación LMTA, CT O Bosque.

Situación: ayuntamiento de Cabana de Bergantiños.

Características técnicas:

– Línea eléctrica de media tensión aérea (LMTA) existente a 20 kV (expediente 8047), en el tramo con origen en el apoyo existente nº 14 de la LMT CBA-804 Laxe (expediente IN407A 2005/137), y final en el nuevo apoyo nº 3 de la línea derivada al CT O Bosque, con la instalación de nuevo conductor LA-56-54,6 mm² en una longitud de 0,149 km.

– Reforma de la actual caseta de obra civil del CT O Bosque, en que se instalará un transformador de 250 kVA con relación de transformación 20/0,4-0,23 kV, nueva red de tierras y cuadro de baja tensión con interruptor-seccionador en carga.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 12 de mayo de 2014

Por vacante (Artículo 30.3 del Decreto 110/2013; DOG nº 140, de 24 de julio)
Isidoro Martínez Arca
Jefe del Servicio de Administración Industrial