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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Miércoles, 18 de junio de 2014 Pág. 27533

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2014, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se amplía el plazo de la disposición adicional única de la Resolución de 12 de mayo de 2014, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2014-2015.

El 26 de mayo de 2014 la Consellería do Medio Ambiente, Territorio y Infraestructuras publicó la Resolución de 12 de mayo de 2014, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2014-2015 (DOG número 99, de 26 de mayo).

Su disposición adicional única establece las fechas y condiciones para presentar el Plan de aprovechamiento cinegético anual correspondiente a la temporada 2014-2015. Concretamente, en su punto 1 se refleja lo siguiente:

1. Los tecores o explotaciones cinegéticas que tengan vigente o aprobada la renovación del Plan de ordenación cinegética, deberán entregar el Plan de aprovechamiento cinegético anual al correspondiente Servicio de Conservación de la Naturaleza, en el plazo máximo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Por problemas técnicos, la aplicación informática no estuvo operativa a disposición de los interesados para la presentación de dicho plan.

El artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

En base a lo expuesto, teniendo en cuenta que no se perjudican los derechos de terceros y en uso de las funciones conferidas por lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras,

DISPONGO:

Artículo único

Ampliar en diez días hábiles el plazo establecido en la disposición adicional única, punto 1, de la Resolución de 12 de mayo de 2014, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, para que los tecores o explotaciones cinegéticas, que tengan vigente o aprobada la renovación del plan de ordenación cinegética, entreguen el Plan de aprovechamiento cinegético anual al correspondiente Servicio de Conservación de la Naturaleza.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de junio de 2014

Verónica Tellado Barcia
Directora general de Conservación de la Naturaleza