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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Miércoles, 25 de junio de 2014 Pág. 28496

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 13 de junio de 2014 pola que se determinan las distinciones y recompensas que se concederán al persoal de los cuerpos de policía local durante el año 2014.

La Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales, establece en su artículo 74 que los miembros de los cuerpos de Policía local de Galicia pueden ser distinguidos o recompensados de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente.

De acuerdo con esta previsión, el Decreto 243/2008, de 16 de octubre, que desarrolla dicha ley, establece en su artículo 98 que la consellería competente en materia de seguridad concederá mediante orden la Placa colectiva y la Placa individual, así como la Medalla al mérito de la Policía local.

De acuerdo con lo anterior, la unidad directiva competente en materia de coordinación procedió a estudiar las propuestas formuladas, siguiendo el procedimiento que establece el artículo 99 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, para la concesión de estas distinciones. Las propuestas hechas por la Dirección General de Emergencias e Interior, como unidad directiva competente en materia de coordinación, fueron ampliamente documentadas, informadas y valoradas por la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Galicia, y sometidas a la resolución y dictamen de esta vicepresidencia y consellería.

En su virtud, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 98 y por la disposición final primera del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, antes citado, a propuesta de la unidad directiva competente en materia de coordinación de policías locales y previo informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Galicia, en su sesión de 27 de mayo de 2014, al amparo de lo dispuesto en el artículo 17.1.a) de la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales,

DISPONGO:

Artículo único

1. Aprobar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 99.5 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, la relación de entidades y personas propuestas como candidatas a la Placa colectiva y a la Medalla al mérito de la Policía local, a las que se les otorgan estas distinciones.

2. Publicar esta relación en los anexos a esta orden:

Anexo I. Concesión de la Placa colectiva al mérito de la Policía local.

Anexo II. Concesión de la Medalla al mérito de la Policía local.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de junio de 2014

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO I
Concesión de la Placa colectiva al mérito de la Policía local al cuerpo de Policía local del Ayuntamiento de Santiago de Compostela

Vistos los hechos descritos en la propuesta para la concesión de la Placa colectiva al mérito de la Policía local, una vez emitido informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, en la reunión de 27 de mayo de 2014, y tras valorar y ponderar los méritos y las circunstancias alegadas en dicha propuesta, esta vicepresidencia y consellería resolvió conceder la Placa colectiva al mérito de la Policía local al cuerpo de Policía local del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, por su intervención en un acto de servicio, siendo de destacar la entrega y actitud profesional del personal de este cuerpo policial durante el operativo realizado con motivo del accidente de Angrois, contribuyendo decididamente, como meritorio labor colectivo, a favor de la dignificación y reconocimiento público de las policías locales, que se encuadran en las condiciones previstas en los artículos 89, 90, 91 y 92 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, para la concesión de la distinción.

Asimismo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 102 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, esta concesión se acreditará mediante el correspondiente diploma y constará en el Registro de Distinciones y en el Registro de las Policías Locales de Galicia, dándole cuenta al Ayuntamiento de Santiago de Compostela a efectos de su expediente personal.

ANEXO II
Concesión de la Medalla al mérito de la Policía local a David Abollo Rodríguez, policía del cuerpo de Policía local del Ayuntamiento de Pontevedra

Vistos los hechos descritos en la propuesta para la concesión de la Medalla al mérito de la Policía local, una vez emitido informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales, en reunión de 27 de mayo de 2014, tras evaluar y ponderar los méritos y las circunstancias alegadas en dicha propuesta, esta vicepresidencia y consellería resolvió conceder la Medalla al mérito de la Policía local a David Abollo Rodríguez, policía del cuerpo de Policía local del Ayuntamiento de Pontevedra, por su intervención en un acto de servicio, siendo de destacar su compromiso de servicio, cualidad inherente al ideal de servicio público, predicable de un buen policía, y que se encuadran en las condiciones previstas en el artículo 92, del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, para la concesión de la distinción.

Asimismo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 102 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, esta concesión se acreditará mediante el correspondiente diploma y constará en el Registro de Distinciones y en el Registro de las Policías Locales de Galicia, dándole cuenta al Ayuntamiento de Pontevedra a efectos de su expediente personal.