El Pleno de la Diputación Provincial de Pontevedra, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el día 30 de mayo de 2014, acordó por unanimidad aceptar, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, la delegación que en materia de recursos locales realizó el Ayuntamiento de Vilaboa, por Acuerdo del Pleno, de fecha 28 de marzo de 2014, y siguiendo lo establecido en los artículos 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y 7 del citado Real decreto legislativo 2/2004, para que la Diputación Provincial de Pontevedra ejerza las facultades de gestión, inspección, liquidación, recaudación y revisión del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) del Ayuntamiento de Vilaboa.
La citada delegación la llevará a cabo la Diputación Provincial de Pontevedra a través de sus servicios tributarios.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pontevedra, 2 de junio de 2014
Rafael Louzán Abal Carlos Cuadrado Romay
Presidente de la Diputación Secretario de la Diputación
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